El impuesto se aplica sobre el patrimonio neto prorrateado del contribuyente al cierre del año fiscal.
En Tennessee, se ha aprobado una legislación en la Cámara y el Senado que promete ofrecer importantes reembolsos a algunos contribuyentes. Esta medida afecta a todas las entidades que operan en el estado y que tienen un vínculo sustancial, excluyendo a las organizaciones sin fines de lucro.
Las corporaciones, las compañías de responsabilidad limitada (LLC), las sociedades en comandita, las cooperativas y otras entidades similares, cada una de ellas están sujetas al impuesto de franquicia. Este impuesto, considerado un privilegio por el derecho de hacer negocios en el estado, se calcula sobre el patrimonio neto prorrateado al cierre del año fiscal del contribuyente.
La nueva legislación, SB 2103, enviada al gobernador, propone la eliminación de la base alternativa del impuesto sobre la propiedad tangible para los años fiscales que finalicen a partir del 1 de enero de 2024. Esto significa que los contribuyentes que esperaban pagar el impuesto basado en su propiedad tangible ahora deberán ajustar sus pagos estimados restantes para 2024, ya que estarán sujetos a una base de patrimonio neto prorrateada más baja.
Contribuyentes y su elegibilidad para reembolsos
La legislación estipula que el Departamento de Ingresos deberá emitir reembolsos a los contribuyentes, equivalentes a la diferencia entre el impuesto realmente pagado y el impuesto adeudado sin considerar la base alternativa del impuesto sobre la propiedad. Estos reembolsos aplicarán para impuestos declarados desde el 1 de enero de 2021, cubriendo periodos fiscales que terminaron a partir del 31 de marzo de 2020.
Los contribuyentes elegibles deberán presentar su reclamo de reembolso entre el 15 de mayo y el 30 de noviembre de 2024. Los reembolsos incluirán intereses, calculados sobre la tasa federal a corto plazo más un 0,5%, a partir de los 90 días desde la recepción del reclamo y la documentación de respaldo por parte del Departamento de Ingresos.
Antes de que esta medida pueda implementarse, el gobernador tiene un plazo de 10 días, excluyendo los domingos, para aprobar o vetar el proyecto de ley desde su presentación.
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