Si bien el nuevo reglamento ayudará en la comercialización del fármaco y así mejorará el tratamiento terapéutico a más de 7.000 pacientes que lo necesitan con urgencia, no se legisla el autocultivo de la planta.
El Perú demostró que sus políticas públicas en salud son más grandes que sus prejuicios. El sábado se publicó en el diario El Peruano el Decreto Supremo que regula el uso medicinal y terapéutico del Cannabis y sus derivados.
Al Gobierno peruano le tomó un año y medio en promedio para publicar el reglamento, luego de haber publicado la Ley Nº 30681 en noviembre del 2017. De esta forma el Perú se une a países latinoamericanos como México, Puerto Rico, Colombia, Chile, Brasil y Uruguay, los cuales también aprobaron el uso medicinal del cannabis, bajo ciertas regulaciones y limitaciones por supuesto.
Pero, en el caso peruano, ¿qué limitaciones y alcances tiene la reglamentación del cannabis medicinal?
¿Todos los pacientes pueden recibir el cannabis medicinal?
La ministra de Salud, Zulema Tomas, declaró para este informe que se van a priorizar en el acceso a los medicamentos a una nómina de pacientes que necesitan el cannabis medicinal para aliviar el dolor de enfermedades que les generan sufrimientos severos. Por eso se dice que es terapéutico.
Entre las dolencias encontramos a personas que padecen de esclerosis múltiple, dolores neuropático-severos, epilepsias refractarias, efectos secundarios de la quimioterapia, entre otros males.
“Ya se tiene una nómina de más de 7.000 pacientes registrados. Ellos van a ser la prioridad. Tanto el Ministerio de Salud como EsSalud van a subsidiar la medicación”, confirmó a RPP Noticias. De acuerdo con información del mismo reglamento, hasta la actualidad existen un mínimo de 7.596 personas que necesitan del cannabis medicinal con carácter de urgencia.
RPP Noticias se comunicó con Tony Salas, presidente de ACM, consultora internacional en agronegocios con experiencia en la comercialización del cannabis medicinal en Canadá y Estados Unidos, quien explicó que lo que se acaba de aprobar permitirá la venta del cannabis medicinal en las farmacias, exclusivamente.
“Siempre y cuando esté debidamente recetada, el cannabis medicinal podrá venderse a los pacientes en las farmacias. Si bien en un borrador anterior se señala que solo podían ordenarlos los médicos cirujanos inscritos en un registro especial, en el nuevo reglamento se ha especificado que todo tipo de médicos colegiados pueden recetarlo”, dijo Salas.
El consultor internacional afirmó que los fármacos que se han reglamentado consisten en el aceite derivado del cannabis. “La forma más común es sumergir la flor seca (de la marihuana) en alcohol para que extraiga los ingredientes activos como si fuera un té y después se evapora el alcohol. La esencia que queda en la parte baja del recipiente, que es una especie de pasta, que después se purifica. Así se obtiene el aceite”, explicó.
Si bien, así es como se obtiene el aceite de cannabis, cada paciente pedirá el insumo de acuerdo con sus necesidades. “Los dos grandes componentes del cannabis medicinal son el THC y el CBD. El médico sabrá qué tanto de cada uno necesita el paciente para su tratamiento. Si esa proporción no existe comercialmente en el mercado el químico farmacéutico podrá preparar una mezcla especifica la cual se conoce como fórmula magistral”, manifestó Salas.
La gran deuda: el autocultivo de cannabis
Si bien el reglamento ayudará en el acceso del cannabis medicinal a las personas que lo necesiten, muchas por urgencia han tenido que plantar la marihuana en sus casas para proveerse de esta sustancia terapéutica. Hablamos del autocultivo. Este tema no ha sido legislado aún. Es la gran demanda de las madres cuyos hijos necesitan del cannabis medicinal, según dijo a RPP Noticias, el asesor legal de la Federación de Cannabis Medicinal (Fecame Perú), Mario Ríos.
De acuerdo con Tony Salas de ACM es correcto que aún no se haya mencionado al autocultivo en la reglamentación de la Ley porque “el Perú todavía no está preparado para esto”, afirmó. Se tendría que discutir las condiciones del cultivo, cuántas plantas serán permitidas en qué ambiente y de qué clase deben ser.
“Nadie dice esto, pero aún faltan disposiciones complementarias que necesitan cumplirse para que este reglamento puede aplicarse al 100 %. Deben intervenir los ministerios del Interior, Agricultura y Salud por los temas sectorial y formatos para la solicitud de licencias de producción de cannabis medicinal”, agregó Salas.
Respecto al tema, la Ministra de Salud, Zulema Tomas, mencionó que “tenemos que aclarar que se produce en el extranjero (el cannabis medicinal), pero los laboratorios del Perú también tienen que comenzar a comercializar y producir estos insumos para su venta”.
Además, dijo que se están organizando reuniones para capacitar a profesionales de la salud, en especial médicos, para el uso y tratamiento de los medicamentos derivados del cannabis.
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