En diciembre de 2017, el Consejero Médico de RPP precisó que no existen pruebas científicas para determinar que la situación de encarcelamiento genere que un cáncer pueda volver o descontrolarse.
Alberto Fujimori se encuentra con orden de captura luego de que el Juzgado de la Corte Suprema anulara el indulto que obtuvo hace nueve meses. Tras el indulto otorgado a Alberto Fujimori el 24 de diciembre de 2017, Elmer Huerta, Consejero Médico de RPP Noticias tomó su participación en La Rotativa del Aire para revisar punto a punto el documento presentado por la Junta Médica Penitenciaria encargada de ver el caso del expresidente.
“Desde el punto de vista médico, el señor Alberto Fujimori tiene una serie de enfermedades crónicas que la tienen muchísimos ancianos y ancianas en el Perú, ninguna de las cuales amenaza su vida, y la junta lo reconoce al decir que él es no terminal”, precisó.
Huerta indicó que esta acta elaborada por un médico intensivista, un cardiólogo y un oncólogo especialista en cáncer de cabeza y cuello, determinó que Fujimori Fujimori presenta una enfermedad incurable y grave, pero no terminal.
“Ponen algo que, desde el punto científico, está en duda: el encarcelamiento podría hacer que su cáncer regrese”. Según Huerta, no hay estudios científicos que indiquen que el estar privado de la libertad haga que el cáncer regrese o se dispare fuera de control en una persona.
ESTAS SON LAS OCHO SECCIONES DEL ACTA QUE FUERON ANALIZADAS POR ELMER HUERTA:
1. SÍNTOMAS DE LA ENFERMEDAD. El paciente presenta cansancio, sobre todo en la tarde, y a veces siente palpitaciones del corazón.
2. ANTECEDENTES PATOLÓGICOS DE LA ENFERMEDAD DEL PACIENTE. Lo que muchos ancianos en el Perú tienen, que son crónicos, propios de una persona de esa edad: presión alta, hernia en el disco lumbar, crecimiento benigno de la próstata, fibrilación auricular (latidos anormales del corazón).
Elmer Huerta recordó que hace 21 años, en 1997, a Alberto Fujimori se le diagnosticó cáncer precoz de la lengua, el que nunca reapareció, sin embargo fue tratado por la presencia de lesiones preneoplásicas que han sido controladas con seis cirugías locales.
“Ya no ha tenido ninguna recaída de este cáncer, en los últimos cinco años. Lo cual indica que él está, en los términos que usamos los oncólogos, libre de enfermedad. El cáncer, para él, no es problema”, afirmó Huerta.
3° EXAMEN CLÍNICO. No hay nada remarcable. "Es un señor que ha bajado de peso, su examen general es normal de acuerdo a su edad".
4° DIAGNÓSTICO DEFINITVO. Ninguna de las enfermedades citadas son de vida o muerte.
5° TRATAMIENTO QUE SE LE HA DADO.
6° CONSECUENCIAS DE NO SEGUIR UN TRATAMIENTO. Debe llevar un régimen para tratar el tema de los latidos anormales del corazón y evitar complicaciones.
7° RECOMENDACIONES DE LA JUNTA MÉDICA. Según el documento, el paciente requiere de evaluaciones permanentes por especialistas en cardiología, oncología, urología, psiquiatría, neurocirugía y geriatría, debido a su estado clínico actual.
Los médicos de la junta recomiendan una terapia antihipertensiva (control de la presión alta), control de ritmo y frecuencia cardiaca, anticoagulación para que evite formar coágulos por los latidos anormales del corazón.
Es en este punto en el que se indica que: “Por el estado actual del paciente, la junta médica recomienda el indulto por razones humanitarias”.
8° PRONÓSTICO. Según el documento, el paciente padece de una enfermedad no terminal grave, pero que es progresiva, degenerativa e incurable, y las condiciones carcelarias significan un grave riesgo a su vida. Esto al mencionar el posible retorno de su cáncer.
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