La Fiscalía acusa al expresidente de tráfico de influencia en el caso Odebrecht.
El delito de tráfico de influencias del que se le acusa a Alejandro Toledo no prescribe. Así lo determinó la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional tras desestimar el pedido de la defensa del expresidente para dejar sin efecto esta denuncia por el caso Odebrecht.
Los argumentos legales. Los magistrados explicaron que, ante los indicios de un daño al patrimonio del Estado por parte de funcionarios públicos en ejercicio (Toledo lo era en ese entonces), el plazo de esta pena queda duplicado.
Según una resolución difundida por el diario El Comercio, la pena recién podría ser prescrita en el mes de noviembre de 2020. Los jueces Rómulo Carcausto, Sonia Muñiz y Edita Condori declararon infundado el pedido para eliminar la pena que plantearon los abogados de Toledo Manrique.
El caso. En febrero y marzo pasado, el Poder Judicial dictó dos órdenes de prisión preventiva por 18 meses en su contra. Esta tiene relación con el caso Odebrecht y se basa en los presuntos delitos de tráfico de influencias y lavado de activos. Según las investigaciones, Toledo recibió US$ 20 millones de la empresa brasileña para otorgar la licitación del proyecto de la Carretera Interoceánica. También por el caso Ecoteva que involucra la creación de una empresa offshore en Costa Rica para, presumiblemente, lavar dinero de origen ilícito.
Además, el hábeas corpus que presento Toledo contra la orden de prisión preventiva por 18 meses dictada por el juez Richard Concepción Carhuancho fue dejada al voto por la Segunda Sala Penal con Reos Libres.
La defensa. Según Heriberto Benítez, el abogado del ex líder de Perú Posible, el Poder Judicial no notificó respecto del proceso y la investigación a su defendido ni le dejaron apelar la orden de encarcelamiento.
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