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Servicios de telefonía e internet: ¿la empresa puede subir la tarifa sin mi consentimiento?

Las empresas operadoras pueden modificar sus tarifas si se lo han informado previamente al titular del servicio.
Las empresas operadoras pueden modificar sus tarifas si se lo han informado previamente al titular del servicio. | Fuente: Copyright (c) 2017 Tyshchenko Photography/Shutterstock. No use without permission.

Los usuarios tienen en sus manos el poder de decidir si aceptan la propuesta de la empresa, cambian de plan o de operador o dan de baja el servicio.

“Yo no autoricé que incrementen la tarifa de mis servicios, ¿por qué la empresa lo hace unilateralmente?”. Esta suele ser una reacción común de una persona al enterarse que su empresa operadora decidió subir la tarifa de sus servicios de telefonía o internet. Y la respuesta es: sí, la empresa operadora puede incrementar la tarifa cumpliendo con ciertas reglas para ello.

Es importante saber que, a diferencia de otros servicios públicos, en el mercado de los servicios de telecomunicaciones, las empresas operadoras se rigen por las condiciones de libre mercado, pues existe competencia entre todos los proveedores de los servicios. Esto hace posible que los usuarios tengan mayores opciones para elegir la empresa que le brinde el servicio que se ajuste a sus necesidades y economía familiar, según el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL).

Las empresas operadoras pueden modificar sus tarifas siempre que cumplan con informarlo previamente al abonado o titular del servicio, así como dar a conocer las opciones que tienen ante este incremento. Esto también está establecido en el contrato que las personas firman con las empresas al adquirir un servicio.

¿Cuáles son las reglas que deben cumplir las empresas antes de subir las tarifas?

El OSIPTEL ha emitido normas para garantizar que los usuarios conozcan con anticipación cualquier incremento en las tarifas de sus servicios.

De acuerdo con el OSIPTEL, a diferencia de otros servicios y empresas, Movistar tiene obligaciones especiales más exigentes aplicables a su servicio de internet fijo. A continuación, te contamos cuáles son:

  • Registrar las tarifas en el Sistema de Información y Registro de Tarifas (SIRT) con 30 días calendario de anticipación.
  • Debe avisar a los usuarios en dos oportunidades: la primera, con 30 días de anticipación y la segunda, a 10 días calendario de la vigencia de la nueva tarifa, a través de correo electrónico o envío de comunicación al domicilio, y como complemento, el uso de mensajes de texto (SMS).
  • Debe informar tres planes alternativos de menor renta vigentes para que los usuarios evalúen cambiar de plan (migrar).
  • Por exigencia del OSIPTEL, Movistar tiene la app Mi Movistar en la que debe facilitar el trámite de migración, cancelación y suspensión de los servicios.

Mientras que, para modificaciones tarifarias en servicios distintos del internet fijo de Movistar, así como de otras empresas operadoras, corresponde lo siguiente:

  • Registrar las tarifas en el Sistema de Información y Registro de Tarifas (SIRT), al menos, 15 días calendario antes de darse un incremento.
  • Informar a los abonados, al menos 10 días calendario antes de la entrada en vigencia de la nueva tarifa.

Estas medidas permiten al usuario tener el tiempo necesario para decidir qué hacer con su servicio.

Si la empresa operadora no cumple con enviar una comunicación acerca del incremento de la tarifa, el abonado podrá presentar un reclamo por facturación.

¿Subieron la tarifa de tu servicio y no sabes qué hacer?

Desde OSIPTEL indican que hoy los usuarios tienen en sus manos el poder de decidir si aceptan o no la nueva propuesta tarifaria de la empresa. Tienen el derecho de elegir el servicio que más les convenga a una tarifa acorde a sus posibilidades, sea con el actual operador o con otro. En ese sentido, podrán:

  • Solicitar la migración o cambio a un plan de renta menor en la misma empresa.
  • Solicitar la baja del servicio.
  • Solicitar la suspensión temporal del servicio (entre 15 a 60 días calendario al año).
  • Contratar un nuevo servicio con otra empresa operadora.
  • Cambiar de empresa operadora, a través de la portabilidad numérica.

En todos los casos, es importante solicitar el código de pedido de la atención. La atención de estos trámites debe realizarse sin condicionamientos, ni explicaciones a la empresa operadora. Por ello, el OSIPTEL está en constante vigilancia del cumplimiento de las solicitudes y los reclamos que se deriven de ellas.

Para la toma de una decisión mejor informada, el OSIPTEL cuenta con la herramienta virtual Checa tu plan, que permite comparar las tarifas de los planes de los servicios de telecomunicaciones, a través del enlace: https://checatuplan.pe/.

De presentarse alguna vulneración a los derechos o a lo mínimo exigido de manera obligatoria a la empresa, los usuarios deben comunicarlo inmediatamente con el OSIPTEL, a la línea FonoAyuda 1844, al correo electrónico usuarios@osiptel.gob.pe o a las oficinas del OSIPTEL para atención presencial.

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