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Cooperativas: En caso de quiebra este es el monto máximo para cubrir depósitos y ahorros de clientes

La SBS establece el monto de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos de las Coopac. 
La SBS establece el monto de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos de las Coopac.  | Fuente: ANDINA

En junio del año pasado el Congreso aprobó la Ley N° 30822 que faculta a la SBS supervisar a las Cooperativas de Ahorro y Crédito del país.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) estableció entre 5 mil a 10 mil soles el monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos que las cooperativas de ahorro y crédito asumirán por los ahorros de sus clientes en caso de quiebre o liquidación.

Coopac supervisadas

Mediante Resolución N° 5646-2019, publicada en el Diario Oficial, la SBS aprobó la cobertura, prima y demás aspectos técnicos relacionados al Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (FSDC) de las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a operar por terceros (Coopac), que permitirá proteger los ahorros de los socios cooperativos.

El monto de la cobertura y la prima se han establecido en función al nivel de activos de las Coopac. Así, el monto máximo de cobertura por socio en cada Coopac, comprendidos los intereses, es de S/ 5,000 para las Coopac Nivel 1 y Nivel 2 con activos totales menores o iguales a 32,200 UIT; y de S/ 10,000 para las Coopac Nivel 2 con activos totales mayores a 32,200 UIT y de Nivel 3.

Las Coopac que cumplan con todos los requisitos establecidos en la Ley, podrán realizar diversas actividades propias del sistema financiero como captar depósitos, CTS, emitir tarjetas de crédito y débito; etc.

El pago de la prima o aporte del fondo por parte de las Coopac, también se ha establecido en función a los activos. En el caso de las Coopac Nivel 1 y de Nivel 2 con activos menores o iguales a 32,000 UIT la tasa anual será de 0.25% de sus activos totales; y en el caso de las Coopac Nivel 2 con activos totales mayores a 32,200 UIT y Nivel 3 será de 0.35% de sus activos totales. 

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