La Comisión de Economía del Congreso presentó otro texto sustitutorio luego de críticas al anterior documento presentado durante el inicio de la sesión plenaria.
El Congreso retomará el debate sobre la nueva ley agraria con el reciente texto presentado por la Comisión de Economía.
El presidente de la comisión, Anthony Novoa, ingresó esta nueva formula de texto sustitutorio luego de pasar a un cuarto intermedio en la sesión para modificar el documento planteado esta mañana.
El texto presentado temprano recibió diversas críticas de los legisladores por incluir a las actividades relacionadas al cultivo de palma aceitera en los alcances de la propuesta.
¿Qué plantean ahora?
La iniciativa mantiene la propuesta de que el bono especial por Trabajo Agrario (BETA) sea del 30% de una remuneración mínima vital (RMV), es decir, S/279 mensuales.
La remuneración básica para los empleados del sector no puede ser menor a la RMV. Esta suma con las gratificaciones, equivalentes al 16.66% de la remuneración, y a la CTS, igual al 9.72% del salario básico.
La jornada laboral debe ser de ocho horas diarias o 48 horas semanales. En caso de laborar fuera del horario se deberán contar como horas extras con un recargo del 25% por las dos primeras horas y 35% por las horas restantes.
También se mantiene la disposición sobre utilidades. Los trabajadores podrían acceder al 5% de las utilidades de la empresa durante dos años (del 2021 al 2023). En los siguientes dos años debe subir a 7.5%, hasta llegar a un aumento del 10% en el 2027.
El aporte a EsSalud para los trabajadores agrarios debe subir de manera progresiva. Hasta el 2022 será de 7% para las empresas con más de 100 trabajadores, mientras que los que tengan menos de 100 trabajadores aportarán un 6% hasta el 2027.
En cuanto a los beneficios tributarios para las empresas del sector, se establece que:
- Quienes tengan ingresos iguales o menores a 1,700 UIT (S/7.3 millones) pagarán una tasa de 15% hasta el 2030. A partir del 2031 la tasa pasará a la del régimen general (29.5%)
- Aquellos con ingresos mayores a S/7.3 millones al año tendrán un incremento progresivo en la tasa de interés. Entre el 2021 y 2022 pasará a 15%, desde el 2023 al 20%, desde el 2025 al 25% y desde el 2028 en adelante pagarán la tasa normal.
Además, se indica que si los ingresos de la empresa no superan los 1,700 UIT "tienen derecho a la devolución del 10% de la reinversión de hasta el 70% del monto de las utilidades anuales, luego del pago del impuesto a la renta durante el periodo del 2021 al 2030".
En esta ocasión se excluyó a las actividades agroindustriales de trigo, tabaco, semillas oleaginosas, aceites y cervezas.
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