Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Perú Debate
EP09 | T6 | Factores detrás de la violencia de pareja
EP 97 • 39:41
Por la causa
EP 30 | Nutrición explosiva
EP 30 • 09:28
Reflexiones del evangelio
Martes 14 de mayo | (San Matías, apóstol) - "Ustedes son mis amigos si hacen lo que yo les mando"
EP 632 • 12:15

Ley de negociación colectiva: ¿Cuál es el impacto económico de esta norma promulgada por insistencia?

Las materias negociables son la determinación de todo tipo de condiciones de trabajo y empleo, que comprenden las remuneraciones y otras condiciones de trabajo con incidencia económica.
Las materias negociables son la determinación de todo tipo de condiciones de trabajo y empleo, que comprenden las remuneraciones y otras condiciones de trabajo con incidencia económica. | Fuente: Andina

El Congreso aprobó y promulgó por insistencia la iniciativa que permite la negociación colectiva en el sector público sin límites.

El fin de semana el Congreso promulgó la ley que regula la negociación colectiva de las organizaciones sindicales de trabajadores en el sector público, medida que fue aprobada por insistencia en el Pleno, pese a la posición del Poder Ejecutivo.

Según la norma, la negociación colectiva de los trabajadores estatales se rige por los principios de autonomía colectiva, buena fe negocial, competencia y de previsión y provisión presupuestal.

Esta iniciativa ya había sido observada por el Gobierno a fines de diciembre del 2020, argumentando que la medida perjudicaría el esquema laboral del sector público y podría afectar al presupuesto estatal.

De acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), esta medida generará un costo adicional a los recursos públicos de entre S/ 2 368 millones y S/ 6 228 millones al año.

Aseguran que esta cifra, cuyo cálculo proviene de los convenios colectivos y laudos arbitrales registrados en la Planilla Única de Pagos, incluso podría ser mayor si se tienen en cuenta los convenios no registrados.

"La norma omite la necesidad de un documento público como sería el Informe Económico Financiero. Ante su ausencia, los acuerdos colectivos o laudos arbitrales se emitirán sin contar con una evaluación económica, financiera, transparente y pública, dejando al libre albedrío a la comisión negociadora o a los árbitros el otorgamiento de beneficios económicos", señala el MEF en un comunicado.

Además, indican que esto permitiría que se den beneficios económicos sin limite, lo que podría generar que se destine la mayor parte de su presupuesto en el pago de planilla afectado a la prestación de servicios como salud, educación, seguridad, o limpieza pública.

Otro problema que implica esta medida es que los dos niveles de negociación, centralizado y no centralizado no son excluyentes, lo que permitirá que los trabajadores públicos puedan obtener beneficios de negociación colectiva por duplicado sin ningún control.

Por esos motivos, el titular del MEF, Waldo Mendoza, está contemplando la posibilidad de una demanda de inconstitucionalidad contra esta ley.

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA