El Gobierno estableció nuevas medidas a favor de los inscritos en el Registro Nacional de Extrabajadores Cesados Irregularmente (RNTCI).
El Poder Ejecutivo aprobó medidas que permitirán a los inscritos en el Registro Nacional de Extrabajadores Cesados Irregularmente (RNTCI) a acceder a una pensión de jubilación.
A través del Decreto Supremo N° 005-2021-TR, publicado hoy, se establecieron medidas complementarias para la aplicación del Artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 016-2020.
Con esto, tanto los trabajadores que optaron por el beneficio de la reincorporación o reubicación laboral, como los que no, se les reconocerán los años de aporte pensionario que fueron dejados de aportar.
Y también se deberá efectuar la reincorporación laboral de los extrabajadores inscritos en el RNTCI.
Para esto se están teniendo en cuenta a las entidades del sector público de los tres niveles de gobierno en las que fueron cesados estos extrabajadores.
Serán beneficiarios aquellos que no hayan accedido al beneficio de la reincorporación laboral y que alcancen la edad de jubilación (65 años) hasta el 31 de diciembre de 2020.
El periodo de aportes previsionales que será reconocido, sea para AFP u ONP, no es mayor a 12 años para acceder a la jubilación.
Los ex trabajadores deberán presenta una solicitud de acogimiento al beneficio en la Oficina de Atención al Ciudadano del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
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