El MEF cambió el monto mínimo para que la Sunat acceda a cuentas de entidades financieras. Ahora la entidad podrán revisar las cuentas que tengan por lo menos S/30,800.
Solo un 3.5% de las cuentas existentes en las entidades financieras serán verificadas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Este martes se cambió el monto mínimo para que la Sunat revisé información de cuentas en las entidades financieras. Ahora la entidad podrá acceder a los datos de cuentas que tengan saldos de por lo menos 7 UIT (S/30,800).
La modificación, realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), implicará que sean revisadas menos cuentas de las que se tenía planeado la Sunat.
A inicios de enero se estimaba que la entidad recaudadora iba a tener a acceso a un 7% de las cuentas de ciudadanos y empresas, lo que representaba a 250,000 negocios y 1.7 millones de personas.
Pero, ahora el 3.5% que será revisado corresponde a 890,000 personas naturales y 135,000 empresas, según comentó Marco Camacho, director general de Política de Ingresos Públicos del MEF.
"(El 3.5%) equivale aproximadamente a 890,000 personas naturales y 135,000 personas jurídicas. Solo hay que hacer una precisión, esto es extraído de la información que presentan los bancos a la SBS", dijo a Andina.
Asimismo, indicó que la fiscalización de la Sunat estará enfocada en detectar aquellos comportamientos que suponen flagrantes incumplimientos tributarios y aquellos de mayor interés fiscal.
Por ejemplo se fiscalizará primera a aquellos que no están inscritos en el RUC, no declaren ingresos, tengan antecedentes de operaciones fraudulentas o que impiden de manera constante el control tributario.