Conoce los tipos de poderes y la importancia de garantizar su autenticidad y transparencia para la celebración de distintos actos registrales.
El poder es el acto jurídico unilateral por el cual la persona representada otorga voluntariamente a quien lo va a representar las facultades para que realice ciertos actos en su nombre. A continuación, te enseñamos cuales son los requisitos para inscribir un poder de manera rápida y segura.
- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
- Copia del Documento Nacional de Identidad vigente del presentante.
- Parte Notarial de la Escritura Pública de Otorgamiento de Poder.
- Tratándose de poderes irrevocables, estos se efectuarán siempre que se estipulen para actos especiales o por tiempo limitado, o cuando son otorgados en interés común del representado y del representante o de un tercero.
- El Parte Notarial de la Escritura Pública, debe ser presentada ante la Oficina Registral respectiva por el Notario o por algunos de sus dependientes acreditados.
- Excepcionalmente puede ser presentada por una persona distinta al Notario o su dependiente; en dicho caso el parte debe indicar el nombre y número de DNI de la persona autorizada para la presentación y tramitación del documento.
Existen tres tipos de poderes que se pueden utilizar:
- Poder por carta con firma legalizada, por el que se concede la potestad para procesos simples. El poder por carta con firma legalizada tiene una validez de tres meses para cantidades menores a media Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
- Poder fuera del registro, que se emplea para procedimientos administrativos y cobro de remuneraciones. También incluye procedimientos penales por faltas.
- Poder por Escritura Pública, que es fundamental en la compra o venta de inmuebles o bienes como automóviles. Además, se requiere para los procedimientos judiciales.
Ahora con el Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp) se pueden inscribir los poderes otorgados por personas naturales, empleando solo la firma digital, lo cual permitirá garantizar la autenticidad e integridad del parte firmado digitalmente por el notario. Los partes notariales que contengan actos inscribibles en el Registro de Mandatos y Poderes de la Oficina Registral de Lima, se expedirán solo a través del SID-Sunarp.
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