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Trabajadores podrán recibir hasta triple remuneración si laboran en feriados

Los trabajadores que trabajen en feriado y no recuperen dicho día por otro, deben recibir triple remuneración.
Los trabajadores que trabajen en feriado y no recuperen dicho día por otro, deben recibir triple remuneración. | Fuente: Andina

La Cámara de Comercio de Lima explica cuánto podrían pagarte adicionalmente por laborar días feriados como en esta Semana Santa.

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La Cámara de Comercio de Lima (CCL) señaló que si un trabajador público o privado trabaja en un día feriado, este podría percibir el triple de la remuneración diaria, según lo establecido en el Decreto Legislativo 713.

“Para los trabajadores públicos y privados, son feriados no laborables el jueves y viernes Santo, días que sin laborar son pagados por los empleadores. El artículo 8 del Decreto Legislativo 713 establece que los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo”, explicó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

Hasta triple remuneración. Zavala también comentó que en el artículo 9 del referido decreto dice que si el trabajador labora en día feriado, sin descanso sustitutorio por otro día, se pagaría una remuneración diaria más una sobretasa del 100%.

La CCL señaló que en el caso del trabajador, que labora un día feriado, percibirá: 

1. Una remuneración diaria por el feriado. 
2. Una segunda remuneración por el trabajo realizado. 
3. Una tercera remuneración adicional por haber laborado en día feriado, siempre y cuando, no tenga descanso sustitutorio en otro día.

Si uno labora el día feriado y se le brinda un día de descanso adicional. Solo se le pagará por dos remuneraciones.
Si uno labora el día feriado y se le brinda un día de descanso adicional. Solo se le pagará por dos remuneraciones. | Fuente: Andina
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