Saramago fue condenado en abril de 2010, dos meses antes de su muerte, a pagar más de 700.000 euros por los ejercicios fiscales 1997, 1998, 1999 y 2000.
El Tribunal Supremo de España ha anulado parcialmente una sentencia de la Audiencia Nacional que reclamó en 2010 a José Saramago el pago de 717.651 euros (unos 950.000 dólares) a la Hacienda española al entender entonces que el premio nobel no podía justificar su residencia fiscal en Portugal.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por las herederas legales del escritor portugués: su viuda, la española Pilar del Río, y su hija Violante.
Saramago, fallecido el 18 de junio de 2010, fue condenado en abril de ese año, sólo dos meses antes de su muerte, a pagar más de 700.000 euros por los ejercicios fiscales 1997, 1998, 1999 y 2000, en los que el escritor, que residía en Tías, en la isla canaria de Lanzarote, abonó sus impuestos en Portugal.
La Audiencia Nacional desestimó entonces, en la sentencia ahora anulada, un recurso de Saramago contra una decisión anterior del Tribunal Económico Administrativo Central, de 2008, que entendió que el Nobel tenía su residencia permanente en España y, por tanto, debía responder ante el fisco español y no el portugués.
El Supremo anula en su sentencia lo relativo a los ejercicios 1999 y 2000 al entender que Hacienda "superó claramente" el plazo máximo de doce meses para la tramitación de las actuaciones inspectoras (1.281 días entre 2002 y 2005) y no cabe alegar, como hicieron la administración tributaria y las instancias judiciales inferiores, que el retraso fuera imputable casi únicamente a Saramago.
Las liquidaciones de los años 1997 y 1998 no fueron objeto del recurso de casación.
EFE
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