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Municipalidad de Lima oficializa prohibición de servicios de limpiaparabrisas: ¿qué dice la ordenanza?

Los servicios de limpiaparabrisas quedó prohibido en Lima Metropolitana.
Los servicios de limpiaparabrisas quedó prohibido en Lima Metropolitana. | Fuente: Andina

La ordenanza entra en vigencia desde el jueves 20 de abril y faculta a los 43 distritos de Lima Metropolitana a regular en las vías locales de sus jurisdicciones las disposiciones necesarias para fiscalizar y actuar contra quienes realicen servicios de limpiaparabrisas

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La Municipalidad de Lima publicó este miércoles la ordenanza que "prohíbe realizar servicios de limpieza de parabrisas u otras partes" de vehículos en el área metropolitana, luego de que esta medida se aprobara en concejo municipal el último viernes 14 de abril como una iniciativa contra la inseguridad ciudadana.  

La disposición, publicada en el diario oficial El Peruano, prohíbe actividades de limpiaparabrisas en "las vías expresas, arteriales, colectoras e intercambios viales de Lima Metropolitana y en las vías locales del Cercado de Lima". 

Además, indica que la finalidad de la ordenanza es "salvaguardar la salud, integridad y seguridad de los conductores y ocupantes de los vehículos que transitan en Lima Metropolitana, que se ven amenazados en su seguridad por personas que, trasgrediendo las normas de tránsito, ingresan a las vías a ofrecer servicios de limpieza de parabrisas u otras partes del vehículo". 

Esta medida municipal replica otra similar que fue aprobada en el distrito de Santiago de Surco a inicios de abril, luego de que el conductor de un vehículo fuera asesinado de una puñalada por un limpiaparabrisas de nacionalidad venezolana en el Cercado de Lima tras negarse a recibir ese servicio y discutir por ello.  

Alcance de la ordenanza y otras disposiciones municipales

La medida, que de acuerdo a ley debe entrar en vigencia al día siguiente de su publicación, faculta a los 43 distritos de la provincia de Lima "a regular en las vías locales de su jurisdicción las disposiciones necesarias para adoptar la presente ordenanza". 

"Los distritos de Lima Metropolitana están facultados a realizar las acciones de fiscalización en las vías metropolitanas de su jurisdicción, en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima", puntualiza la ordenanza. 

Además, establece que los operativos a realizarse para el cumplimiento de la ordenanza, serán llevados a cabo por las "Gerencias de Seguridad Ciudadana y de Fiscalización y Control de la Municipalidad Metropolitana de Lima". Estos se desarrollaran de manera conjunta y se podrá solicitar apoyo a la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público.

Las autoridades competentes tendrán la facultad de "retener las herramientas y utensilios con los que se ofrecen los servicios de limpieza de parabrisas u otras partes del vehículo". 

Para el cumplimiento de estas funciones, las Gerencias de Seguridad Ciudadana y de Fiscalización y Control quedan autorizadas para gestionar los recursos que resulten necesarios ante la Gerencia Municipal Metropolitana. 

Finalmente, el alcalde de Lima queda facultado para dictar "las disposiciones adicionales y/o complementarias que fueran necesarias para la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza". 

 

 


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