El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por el ciudadano Wong Ho Wing.
El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por el ciudadano chino Wong Ho Wing, por considerar que las garantías diplomáticas ofrecidas por la República Popular China son insuficientes para garantizar que al ciudadano no le aplicarían la pena de muerte.
Así lo precisó en la sentencia recaída en el Expediente Nº 02278-2010-PHC/TC que además ordena al Estado peruano, representado por el Poder Ejecutivo, se abstenga de extraditarlo a la República Popular China y al mismo tiempo exhortó al Estado peruano a que actúe de conformidad con lo establecido al Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Popular China, aprobado por Resolución Legislativa.
El Tribunal señala que es necesario tener presente que en este caso no resulta procedente la extradición del demandante, puesto que no se cumple con el principio de reciprocidad, toda vez que los delitos por los cuales se le pretende extraditar no se encuentran reprimidos en el Estado peruano con la pena de muerte.
Consecuentemente, el Estado peruano debe cumplir con su obligación de juzgar al ciudadano Wong Ho Wing, de conformidad con lo establecido en el artículo 4º (a) del Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Popular China.
Cabe precisar que Wong está acusado en su país de los delitos de lavado de dinero, soborno y defraudación de rentas de aduana, este último castigado con la pena capital según las leyes chinas, según informó el portal ipsnoticias.net.
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