No solo es una tradición, sino una obligación desde 1939. La norma no solo dicta que se coloque el pendón, sino que este esté en buenas condiciones.
En el marco de las celebraciones de las Fiestas Patrias, se ha dispuesto el embanderamiento de las casas, negocios e instituciones, mandato que, de no ser cumplido, acarreará sanciones para los infractores.
Es obligatorio. Esta disposición no solo es una tradición, sino una obligación desde 1939. Por ello, se invoca a los ciudadanos a colocar sus banderas, ya que los infractores son pasibles de multas que, dependiendo del distrito, pueden llegar hasta 1975 soles.
Banderas en buenas condiciones. La norma no solo dispone que se coloque la bandera en casas, negocios e instituciones, sino que esta se encuentre en buenas condiciones y que su tamaño sea proporcional al del recinto en el que se encuentra.
Multas. La Municipalidad de Lima dispuso el embanderamiento general de todos los inmuebles públicos y privados ubicados en el Cercado de la capital, desde el 15 hasta el 31 de julio del 2016. A quienes no acaten la ley, se les impondrá una multa equivalente al 5 % de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir, S/197.50.
La más cara. Los vecinos de Miraflores sí deben estar atentos a cumplir con la ley, ya que no hacerlo los hará acreedores de una multa de 1975 soles, o sea, el 50% de una UIT. En otros distritos, como San Isidro y La Victoria, la multa llega a 395 soles.
Sin sanción económica. Cabe mencionar que los municipios de San Miguel, La Molina y Surco también contemplan como medida obligatoria la colocación de la bandera nacional, pero no imponen multas económicas a los que no acaten.
Poca inversión. RPP Noticias llegó al Mercado Central, donde pudo comprobar que la inversión para adquirir una bandera y su asta no supera los 10 soles, motivo por el cual no hay motivos para no acatar la ley.
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