El gobierno activó el régimen de excepción por 30 días para enfrentar el crimen organizado. Conoce el detalle de las acciones inmediatas: restricción de derechos fundamentales, patrullajes combinados de PNP y FF.AA., pruebas de polígrafo en el INPE y la prohibición de transporte de dos adultos en motos lineales.
El presidente José Jerí anunció esta noche la declaración de un estado de emergencia en Lima y Callao durante 30 días como una medida para enfrentar a la inseguridad ciudadana y que entrará en vigor desde las 00:00 horas de este miércoles 22 de octubre.
En un breve mensaje a la Nación, Jerí señaló que el crimen organizado ha experimentado un crecimiento alarmante, afectando gravemente a miles de familias y dañando la economía del país. No obstante, aseguró que "hoy iniciamos un nuevo capítulo" en la lucha contra la criminalidad, con el propósito de restaurar la seguridad y la calma en el país.
Poco después del anuncio el decreto supremo que activa el estado de emergencia fue publicado en edición extraordinaria del diario oficial El Peruano.
El Decreto Supremo Nº 124-2025-PCM señala que esta medida excepcional fue activada ante la grave afectación de la seguridad ciudadana y el incremento del accionar criminal, incluyendo delitos como homicidio, sicariato y extorsión.
Además, indica que durante este periodo, la Policía Nacional del Perú (PNP) mantiene el control del orden interno, con el apoyo directo de las Fuerzas Armadas. La PNP determinará las zonas de intervención basándose en inteligencia, estadísticas y mapas del delito.
Derechos constitucionales restringidos y permisos para eventos
El decreto precisa que se aplica la restricción o suspensión del ejercicio de cuatro derechos constitucionales fundamentales:
1. Libertad y seguridad personales.
2. Inviolabilidad de domicilio.
3. Libertad de reunión.
4. Libertad de tránsito en el territorio.
En cuanto a las actividades públicas y masivas, se ha establecido que las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, deben solicitar el permiso correspondiente ante las autoridades competentes para su evaluación. Las actividades que no tengan carácter masivo podrán realizarse sin necesidad de permiso previo.
Medidas específicas para combatir la inseguridad ciudadana
El decreto indica que el estado de emergencia implementa una serie de medidas operativas y de control en distintas áreas para asegurar la presencia efectiva del Estado en los espacios tomados por la delincuencia:
1. Control territorial y acciones de las fuerzas combinadas
Las fuerzas combinadas, integradas por la PNP, las Fuerzas Armadas y el serenazgo municipal, ejecutarán las siguientes acciones de control:
• Control territorial focalizado en zonas críticas y resguardo de instituciones públicas. Esto incluye la instalación de comandos de campaña temporales en coordinación con los gobiernos subnacionales.
• Patrullaje sostenido a pie en zonas críticas, como paraderos, estaciones del metro, instituciones asociadas a servicios públicos y activos estratégicos.
• Operativos de búsqueda y captura de requisitoriados mediante el control de identidad, utilizando el mapa del delito y otros instrumentos dispuestos por el Comité de Coordinación Operativa Unificada (CCO).
• Control de identidad en inmuebles, que puede incluir el descerraje si fuera necesario, en función a los informes del CCO y/o el Comité de Inteligencia (CI).
• Control de identidad de extranjeros que se encuentren dentro de los supuestos del procedimiento sancionador administrativo excepcional especial.
• Restricción para el tránsito de motos lineales: Se prohíbe el tránsito de dos personas adultas en vehículos menores motorizados de la categoría vehicular L3 (motos lineales).
• Intervención de vehículos que exhiban documentación adulterada o placas ilegibles, deterioradas, adulteradas, dañadas, laminadas o con objetos que impidan su correcta identificación, con internamiento en depósitos autorizados.
• Decomiso de armas ilegales: Operativos masivos y permanentes para el decomiso de armas, municiones, explosivos ilegales y pirotécnicos.
• Fiscalización de pirotécnicos: Control y fiscalización de la fabricación artesanal, la comercialización y uso ilegal de productos pirotécnicos de las clases 2 y 3, así como de sus materiales relacionados.
• Fiscalización de Insumos Químicos utilizados para la elaboración de droga.
2. Control penitenciario y lucha contra telecomunicaciones ilícitas
El decreto supremo indica que las medidas en el ámbito penitenciario y de inteligencia buscan desarticular las redes criminales que operan desde los penales:
• Restricción de visitas: Los internos bajo régimen cerrado ordinario solo recibirán una visita semanal, mientras que aquellos en régimen cerrado especial tendrán una visita quincenal. Solo se permiten visitas de familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
• Apagón eléctrico: Se dispone el apagón eléctrico en las celdas, permitiendo únicamente la iluminación.
• Pruebas de confiabilidad: El Sistema de Inteligencia Nacional realizará pruebas de confiabilidad, mediante el uso del polígrafo, al personal del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y a otros servidores o funcionarios que determine el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC).
• Telecomunicaciones ilegales: El Comité de Fiscalización ejecutará operativos para enfrentar los servicios de telecomunicaciones ilícitas, suspendiendo de forma inmediata las líneas vinculadas a casos de extorsión o secuestro.
3. Fortalecimiento de la justicia y combate a mercados ilegales
• Flagrancia: Se fortalecerán las unidades de flagrancia para mejorar la respuesta rápida de la justicia en las acciones realizadas por las fuerzas combinadas.
• Seguridad para la justicia: La PNP implementará medidas de seguridad especial para fiscales y jueces que intervienen en casos de criminalidad.
• Fiscalización de mercados ilegales: El Comité de Fiscalización realizará operativos en zonas identificadas con trata de personas, comercialización ilegal de drogas y estupefacientes, y mercado ilegal de autopartes.
El DS señala que la intervención de la PNP y las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a los decretos legislativos que regulan el uso de la fuerza y el respeto al "Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad".