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Puente Piedra se convierte en el segundo distrito que prohíbe circulación de motocicletas con dos pasajeros

La prohibición de motos lineales con dos pasajeros será durante el estado de emergencia.
La prohibición de motos lineales con dos pasajeros será durante el estado de emergencia. | Fuente: Andina

La Municipalidad de Puente Piedra oficializó la ordenanza que establece como falta grave la circulación de motos lineales con dos pasajeros, debido al alto índice de criminalidad. Esta semana, también lo hizo el municipio de Independencia.

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La Municipalidad de Puente Piedra oficializó ayer, viernes, la ordenanza que prohíbe la circulación de motos lineales con dos pasajeros, durante el estado de emergencia. 

Dicha disposición fue publicada en el diario oficial El Peruano, y establece que se considerará falta grave que circulen dichos vehículos con más de un ocupante. La infracción será penalizada con una multa de 1 UIT, es decir, S/ 5 150, y el internamiento de la unidad en el Depósito Municipal oficial de Vehículos (DMV).

Según indica la ordenanza, la decisión fue tomada considerando que "no se advierten acciones" para frenar la ola de delincuencia durante el actual estado de emergencia por 60 días, decretado el pasado 27 de septiembre en 13 distritos de Lima Metropolitana y uno del Callao.

"Que, mediante el Informe N° 0052-2024/MDPP-GSC, de fecha 11 de octubre de 2024, la Gerencia de Seguridad Ciudadana señala que, ante la disposición del Estado de Emergencia, no se advierten acciones que reduzcan la inseguridad que se vive en el Perú, así como, en el distrito de Puente Piedra", indica la disposición municipal.

"Es así que, en concordancia con la autonomía institucional, reconocida en la Constitución Política del Perú, complementada con los artículos que desglosa la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; al ser un ente autónomo de competencia decisoria para asuntos de su competencia, y con la finalidad de salvaguardar la vida, integridad física y la tranquilidad pública, resulta necesario regular restricciones para el uso de las motos lineales en el distrito de Puente Piedra", agrega. 

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Independencia también prohibió las motos lineales con dos pasajeros

Puente Piedra se convirtió en el segundo distrito de Lima Metropolitana que prohíbe la circulación de motos lineales con dos pasajeros. El último miércoles, la Municipalidad de Independencia oficializó la misma medida en su jurisdicción, durante el estado de emergencia. 

En ese caso, según indica la correspondiente ordenanza, la disposición fue propuesta por el regidor Thomas Adhner Flores Sánchez. Tras el correspondiente debate, el Concejo Municipal de Independencia, por mayoría, aprobó la medida.

Con ello, la circulación de motos lineales con más de un pasajero en Independencia será considerada falta muy grave y sancionada con una multa de 1 UIT y el internamiento de la unidad en el correspondiente depósito. 

Al respecto, Alfredo Reynaga Ramírez, alcalde del mencionado distrito, señaló el último jueves que se buscará extender esta norma en todo Lima.

“Esta es una postura, no solo de Independencia, sino de Lima Norte. Hay un compromiso de conversar con los pares de Lima Sur, de Lima Este y de Lima Centro para que esta normativa, que tiene una vigencia en el estado de emergencia, pueda ser a nivel de Lima Metropolitana”, recalcó en La Rotativa del Aire.

En ese sentido, dijo que también se tiene como objetivo que esta normativa llegue al Congreso para que sea una medida legislativa.

“Queremos hacer llegar esta medida al Congreso porque entendemos que es el Ejecutivo quien debería establecer estas estrategias para tener mejores herramientas y eso es lo que estamos haciendo”, acotó.

PNP aclara que no tiene competencias para hacer cumplir la ordenanza referida a motos lineales 

Cabe resaltar que, el último viernes, se realizó en Independencia un operativo de control de identidad para hacer cumplir la ordenanza que prohíbe la circulación de motos lineales con dos pasajeros. Dicha medida fue coordinada por el alcalde del distrito con la Policía Nacional del Perú (PNP). No obstante, al no ser una ley, los policías indicaron que no tendrían la potestad para detener a las personas que infrinjan la norma municipal.

Eso fue señalado por el coronel PNP Antonio La Madrid, jefe de la división policial Norte 2, quien explicó a RPP que la ordenanza es “netamente municipal”.

“Nosotros, como personal policial, no tenemos competencia en el cumplimiento de esa ordenanza municipal. Para ello están los inspectores de la municipalidad, los mismos que actuarán de acuerdo con sus atribuciones y conforme lo establece la ley”, declaró. 

En ese sentido, el integrante de la PNP recalcó que serán los inspectores municipales quienes harán cumplir el pago de la multa en caso sea necesario.

“Esta es una ordenanza municipal (…) Si es que se constata la infracción a la ordenanza, el personal de Fiscalización y los inspectores procederán de acuerdo con sus atribuciones porque eso es una situación netamente municipal. Según la ordenanza municipal, el infractor sería apacible de una multa netamente a la Municipalidad Distrital de Independencia”, expresó.

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Luis Felipe Rodriguez Jimenez

Luis Felipe Rodriguez Jimenez Redactor web / Periodista

Periodista formado en las aulas sanmarquinas. Trabajo en temas políticos y culturales

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