El fiscal afirmó que "no corresponde abrir investigación", ya que no existen las identidades de Víctor Vergara y Daniel Márquez Torrealba, supuestos contactos del espía Ariza.
El titular de la Fiscalía Nacional de Chile, Sabas Iván Chahuán Sarrá, confirmó esta mañana que entregó a la Cancillería de ese país un informe que responde a la solicitud del Ministerio Público de Perú, sobre el caso espionaje.
En diálogo con la prensa, Chahuán informó que no existen las identidades de Víctor Vergara y Daniel Márquez Torrealba, cuyos nombres fueron entregados por el suboficial de la Fuerza Aérea de Perú (FAP), Víctor Ariza, como sus contactos chilenos.
"No estaría confirmada ninguna identidad. Lo que nos solicitó Perú no existe en Chile", afirmó el fiscal nacional al arribar a La Moneda, informa El Emol.
Con igual énfasis, el máximo representante del Ministerio Público chileno expresó que "en lo que nos compete técnicamente, no corresponde por ahora abrir ninguna investigación con los antecedentes que se nos pidieron desde Perú".
El requerimiento peruano de colaboración se realizó en virtud de la "Convención Interamericana sobre asistencia mutua en materia penal", suscrita por ambos países.
En ella, los estados "se comprometen a brindarse asistencia mutua en materia penal", incluso si "el hecho que la origine no sea punible, según la legislación del Estado requerido".
En diálogo con la prensa, Chahuán informó que no existen las identidades de Víctor Vergara y Daniel Márquez Torrealba, cuyos nombres fueron entregados por el suboficial de la Fuerza Aérea de Perú (FAP), Víctor Ariza, como sus contactos chilenos.
"No estaría confirmada ninguna identidad. Lo que nos solicitó Perú no existe en Chile", afirmó el fiscal nacional al arribar a La Moneda, informa El Emol.
Con igual énfasis, el máximo representante del Ministerio Público chileno expresó que "en lo que nos compete técnicamente, no corresponde por ahora abrir ninguna investigación con los antecedentes que se nos pidieron desde Perú".
El requerimiento peruano de colaboración se realizó en virtud de la "Convención Interamericana sobre asistencia mutua en materia penal", suscrita por ambos países.
En ella, los estados "se comprometen a brindarse asistencia mutua en materia penal", incluso si "el hecho que la origine no sea punible, según la legislación del Estado requerido".
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