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Supremo falla que Zelaya no puede ser restituido si no se somete a Justicia

La Corte Suprema de Justicia de Honduras precisó que el informe se basó en los hechos que se dieron antes del 28 de junio (cuando Zelaya fue derrocado) y lo que se ha suscitado con posterioridad´.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Honduras ratificó que el depuesto presidente, Manuel Zelaya, no puede ser restituido si no se somete a los juicios que tiene pendientes, según un informe que entregó al Congreso.

En la opinión entregada al Parlamento, que el 2 de diciembre próximo debatirá si se restituye o no a Zelaya, la CSJ ratificó el criterio que emitió el 21 de agosto pasado en el proceso de consultas del Acuerdo de San José propuesto por el presidente de Costa Rica, Oscar Arias, en su calidad de mediador en la crisis de Honduras.

Una fuente de la CSJ explicó que la opinión que se envió al Parlamento fue aprobada por 14 de los 15 magistrados, pero no precisó quién votó en contra ni el porqué.

El presidente del Supremo, Jorge Rivera, dijo que la Corte "no profundiza ni toca el fondo" de la cuestión de la restitución o no de Zelaya, porque tiene causas pendientes contra él, pero sí aporta "los elementos para que se pueda tomar la decisión".

Afirmó que el informe se basó "en todos los hechos que se dieron anteriores al 28 de junio (cuando Zelaya fue derrocado) y lo que se ha venido suscitando con posterioridad".

Reafirmó que Zelaya debe someterse a la justicia, aunque reiteró que la CSJ no se pronunció en su informe sobre si debe ser restituido o no.

Rivera entregó el documento en la secretaría del Congreso junto a una comisión de magistrados, sin detallar su contenido porque, dijo, primero deben conocerlo los diputados.

Con la opinión de la CSJ, el Congreso Nacional cuenta ya con los cuatro informes que solicitó a órganos del Estado para fundamentar su debate, aunque ha aclarado que estos informes no son vinculantes y que la decisión sobre Zelaya solo dependerá de los diputados.

Ya habían entregado sus opiniones el Ministerio Público, la Procuraduría General de la República y el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, Ramón Custodio.

La Corte Suprema indicó en agosto, en relación al regreso de Zelaya al poder, que "existen acciones penales presentadas (contra él) por la Fiscalía General de la República".

Por ello, dijo entonces, "mientras no existan otras disposiciones legales aplicables, no puede eludirse que tendría que someterse a los procedimientos establecidos en la legislación procesal penal".

Zelaya tiene orden de captura por delitos de los que se le acusa en relación con una consulta popular que pretendía celebrar para promover una Asamblea Constituyente, el 28 de junio, cuando los militares lo arrestaron y expulsaron del país, y el Parlamento designó a Roberto Micheletti en su lugar.

Según el régimen de facto, los militares arrestaron a Zelaya en cumplimiento de un mandato judicial derivado del proceso incoado por el Ministerio Público contra él por promover la consulta, que había sido declarada ilegal por varios órganos del Estado.

Ya derrocado Zelaya, un tribunal de justicia le libró otra orden de captura, en este caso, según el Ministerio Público por la emisión ilegal de un decreto para la contratación de publicidad.

EFE

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