El Juzgado rechazó que la orden de captura contra el agresor de Arlette Contreras haya quedado sin efecto. Además, señaló que se incurrió en un error al admitir, mediante una resolución judicial, los recursos de apelación con efecto suspensivo del fallo contra Pozo Arias.
El Juzgado Penal Colegiado Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte descartó que la orden de captura que pesa sobre Adriano Pozo Arias se haya dejado sin efecto, como había señalado la abogada de Arlette Contreras.
El Juzgado expresó su desacuerdo a "la forma como se ejerce el derecho a la información", en respuesta a la denuncia que hizo la defensa de Contreras, Cynthia Silva.
Según expresan en un comunicado, se incurrió en un error al admitir, mediante una resolución judicial, los recursos de apelación con efecto suspensivo del fallo contra Pozo Arias.
Así, precisan que "no se ha dispuesto el levantamiento de las órdenes de captura del sentenciado, pues las mismas están vigentes a la fecha". Por ello, el órgano jurisdiccional procederá a la aclaración y subsanación respectiva.
Sobre la sentencia en la que se dispuso la ejecución provisional de la pena de 11 años de prisión, reafirman que esta continúa surtiendo sus efectos y descartan que se haya emitido algún oficio que disponga el levantamiento de la misma.
En ese sentido, afirman, la División de la Policia Judicial de Lima Norte "ha sido notifcada de la orden de captura en su debida oportunidad", la misma que será renovada cada seis meses.
Finalmente, señalan que el proceso se encuentra en apelación y que esta ha sido elevada a la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.
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