La norma establece penas de uno a diez años de prisión a quienes incurran en los delitos informáticos.
Ante la aprobación por unanimidad del proyecto de Ley de Delitos Informáticos, que tipifica y sanciona el fraude, espionaje, ataques a la privacidad y otras violaciones que se perpetran en la red, cabe prestar atención a las sanciones para los infractores.
La norma establece penas de uno a diez años de prisión a quienes incurran en estos delitos.
Tendrán cárcel no menor de tres ni mayor de seis años quienes, sin autorización, afecten datos informáticos o de usuario, y/o dañen el funcionamiento de un sistema o una red informática o de telecomunicaciones.
Serán sancionadas con una pena de prisión de 4 a 8 años las personas que contacten con menores de hasta 14 años de edad con fines sexuales.
Recibirá no menos de dos ni más de cinco años de prisión quien cometa el delito contra la intimidad y el secreto de las comunicaciones en el ámbito informático y si esta figura es agravada, la pena oscilará entre cinco y diez años de cárcel.
Prisión de ocho a diez años por la interceptación de información clasificada como secreta, confidencial y que comprometa la seguridad nacional.
Los castigos van entre uno a cuatro años de prisión para quienes desarrollen y distribuyan programas que faciliten el acceso ilícito a datos informáticos.
LA EXCEPCIÓN
La ley no comprende los delitos contra los derechos de autor ni las descargas de música o de sistemas de usuarios que intercambian información gratuita.
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