El MTC publicó el nuevo reglamento de tránsito que impone sanciones más severas para los conductores ebrios y ofrece nuevas alternativas para denunciar las infracciones.
¿Está harto de que la combi o couster lo deje al medio de la pista, se detenga en paraderos no autorizados o deba cruzar la pista corriendo porque los autos se pasan la luz roja? Desde hoy podrá denunciar estas y otras infracciones a la Policía con tan solo registrarlas en foto o video.
A través de un decreto supremo, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones endureció el cuadro de sanciones para los conductores que cometan infracciones de tránsito, estas acciones entrarán en vigencia en 90 días.
Los ciudadanos podrán denunciar una infracción de tránsito ante el efectivo policial tomando una foto o registrando en video las infracciones de tránsito que detecten en las vías, toda vez que se ha detectado que ante la ausencia policial, muchos conductores comenten infracciones al tránsito que quedan impunes.
Los conductores que infringen en forma habitual las disposiciones de tránsito serán sancionados mediante un sistema de puntos, es decir, por cada infracción, perderá puntos y cuando llegue a cero, se le suspenderá la licencia de conducir por periodos de 6 meses a 1 año hasta la cancelación de la licencia e inhabilitación del conductor. Si no cometen infracciones, recibirán bonificaciones de 2 puntos cada 36 meses.
Quien conduzca en estado de ebriedad, haya participado en un accidente de tránsito ocasionando lesiones graves o la muerte de un tercero, será sancionado con una multa con una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) (S/.3.550), la cancelación del brevete y la inhabilitación definitiva para obtener una nueva licencia, además de la retención del vehículo.
Esta misma sanción recibirá el conductor que maneje bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos, alucinógenos comprobados, ocasionando lesiones graves o muerte.
En caso de que conduzca ebrio y así no cause accidentes u ocasione lesiones leves, la multa será del 50% de la UIT, además de la retención del vehículo y el brevete.
Otras infracciones y las nuevas sanciones:
Utilizar señales audibles o visibles iguales o similares a las que utilizan los vehículos de emergencia o vehículos oficiales: multa de 426 soles y retención del vehículo
Permitir que un menor de edad conduzca un vehículo sin autorización o permiso provisional: multa 852 soles y retención del vehículo
Participar en competencias de velocidad no autorizadas: multa de 852 soles, suspensión de la licencia por un año y retención del brevete.
Estacionar en carreteras sin señalizar el lugar colocando los dispositivos de seguridad reglamentarios: 426 soles, retención del brevete y suspensión de la licencia por un año.
Estacionar interrumpiendo el tránsito: multa de 426 soles, suspensión de licencia de conducir por seis meses, remoción del vehículo y retención de licencia.
Conducir un vehículo con licencia cuya clase o categoría no corresponde a la unidad: multa de 426 soles, suspensión de la licencia por un año, retención del vehículo y del brevete.
Conducir vehículos estando la licencia de conducir retenida, suspendida o cancelada o estando inhabilitado para obtener licencia de conducir: multa de 852 soles, cancelación de la licencia de conducir e inhabilitación por tres años o en forma definitiva.
Tener placas adulteradas: multa de 852 soles, internamiento del vehículo.
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