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¿Es favorable la ley que autoriza el uso de armas no letales al serenazgo municipal?

Los procesos de capacitación de los serenos con armas no letales están a cargo de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas, según el dictamen aprobado por el Pleno.
Los procesos de capacitación de los serenos con armas no letales están a cargo de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas, según el dictamen aprobado por el Pleno. | Fuente: Andina

La normativa establece que se proveerá los recursos respectivos para el equipamiento, la capacitación y las evaluaciones psicológicas periódicas a los serenos municipales que usen armas no letales.

El jueves 30 de marzo, el Pleno del Congreso aprobó el dictamen que modifica la Ley 31297, Ley del Servicio del Serenazgo Municipal y que autoriza el uso de armas no letales.

De acuerdo con la iniciativa, los serenos deben contar con el equipamiento necesario para cumplir sus funciones.

El equipo, que varía según los recursos presupuestales de cada municipalidad, consta de grilletes de seguridad, bastón tonfa, aerosoles de pimienta y chalecos antibalas; teniendo como finalidad prevenir y disuadir la comisión de delitos y faltas que atenten contra la seguridad ciudadana.

La propuesta establece que los procesos de capacitación estarán a cargo de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas, previo convenio interinstitucional, y se efectuarán en las escuelas técnico superiores ubicadas en las respectivas provincias o en las unidades de las regiones policiales y militares. 

"Los serenos están en desventaja ante los delincuentes", dice el alcalde de Los Olivos 

A días de la aprobación del dictamen, el alcalde de Los Olivos, Felipe Castillo Oliva, destacó la norma al afirmar que los serenazgos podrán tener herramientas “para tener una mejor actuación”, en un contexto en que los índices de criminalidad aumentan con el transcurrir de las semanas.

“La posición de mi persona y de la Municipalidad de Los Olivos es a favor de la implementación de las armas no letales, porque en este momento los serenos están en desventaja ante los delincuentes. Ahora los delincuentes son más agresivos y violentos”, aseveró en Ampliación de Noticias. 

Además de la rigurosidad en la revisión de los perfiles psicológicos y de los antecedentes policiales judiciales, el burgomaestre consideró que la FF.AA. y la PNP deben realizar un seguimiento y capacitación constante a los serenos.

Si bien consideró que “no es suficiente” en la lucha contra la inseguridad ciudadana, Castillo Oliva afirmó que se trata de un “primer paso” para ir implementando otras herramientas que faciliten y optimicen la labor de los serenazgos municipales.

“Este paso es importante para ir implementando otras herramientas, como lo son las herramientas de ataque, pero ahí sí tenemos que ser más responsables y capacitar”, sentenció.

“Va a ser un gran apoyo para retener al delincuente en flagrancia", opina D' Azevedo

Mientras tanto, el abogado Martín D’ Azevedo, especialista en legislación y temas municipales, coincidió con el alcalde de Los Olivos al reiterar que esta normativa es un punto de partida “eficiente” y necesario”.

El especialista detalló que esta normativa, que deberá ser reglamentada por el Ministerio del Interior, permitirá que los serenazgos puedan asegurar la detención momentánea de una persona que haya incurrido en un delito en flagrancia.

“Los serenos siguen en esa función disuasiva y preventiva versus la policía, que tiene la fuerza pública, eso no ha cambiado. En ese esquema es bueno que el serenazgo avance hacia armas defensivas que le permitan reducir al delincuente cuando llega primero [al lugar]”, comento,

“Va a ser un gran apoyo para retener al delincuente en flagrancia, mientras llegue la Policía a detenerlo. Es un gran avance contra la delincuencia avezada en los últimos tiempos”, agregó.

Se necesita organicidad, indican desde la Defensoría del Pueblo 

El adjunto para los Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo, Percy Castillo, indicó que, más allá de la capacitación a los serenos, se necesita organicidad para que estos tengan una línea de mando diferenciados para determinar cuándo van a intervenir "en el uso de estos instrumentos menos letales".

“Evaluar el impacto de la ley del reglamento es establecer cuánto hemos avanzado, garantizando los derechos de los serenos. Se debe contribuir ese fortalecimiento y viendo si es factible o no concederles nuevas funciones en este tipo de equipamiento", declaró en RPP.

En ese sentido, Castillo argumentó que el personal del serenazgo no puede depender del alcalde o el empeño que ponga para mejorar la función.

"La función del serenazgo es preventiva, el patrullaje integrado la función del sereno debe ser integrada con la PNP que es el ente de realizar este tipo de labores. Tenemos que profundizar la coordinación de los cuerpos de serenazgo y la Policía para que pueda resultar realmente eficaz", finalizó el funcionario de la Defensoría.


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