Error en el procedimiento de juramentación de alcalde, deberá ser subsanado.
El Jurado Nacional de Elecciones podría dejar sin efecto la credencial del alcalde provincial de Chiclayo (Lambayeque), David Cornejo Chinguel, ya que este fue juramentado al cargo por el presidente regional, Humberto Acuña Peralta, y no por el primer regidor como lo establece el artículo 43 de la Ley N°26864, Ley de Elecciones Municipales y el artículo 6 de la Ley N°26997, que regula el proceso de trasferencia municipal.
De acuerdo a lo que establece la Ley, con estricto cumplimiento, el alcalde juramenta en ceremonia pública, ante el primer regidor o, por ausencia o impedimento de éste, ante el regidor que le sigue.
Este procedimiento, resalta la norma, es de carácter obligatorio, y si la juramentación se realiza al margen de esta norma no tendrá efecto jurídico y dará pie a que el organismo electoral, deje sin efecto la credencial y los acuerdos adoptados a partir de enero carecerían de validez necesaria y podrían ser declaradas nulos.
La norma fue dada para que las autoridades eviten ser juramentadas por arzobispos, ante familiares, autoridades políticas o dirigentes gremiales, pero en el caso del actual alcalde, al parecer se vulneró la normativa.
“El alcalde ha sido juramentado por el presidente regional y no es válido como lo dice la norma, no se ajusta a ley, la norma es clara y hay que respetarla, por eso he pedido el video de la juramentación y el acta de la ceremonia” indicó el ciudadano, Roberto José Aguilar Núñez, quien hizo la observación formal ante mesa de partes del municipio.
Cabe precisar que el alcalde podría corregir esta situación junto a su pleno, pero las decisiones asumidas hasta ahora no tendrían efecto, ya que no se hizo como lo precisa la norma.
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