Desde el Ministerio de Salud precisaron que estos lugares están excluidos de la obligación de presentar el carné de vacunación contra la COVID-19. Sin embargo, precisaron que para cualquier espacio público sigue vigente la necesidad de utilizar doble mascarilla o una KN95.
Los ciudadanos pueden ingresar a todos los establecimiento de salud, bodegas y farmacias sin necesidad de presentar su carné de vacunación contra la COVID-19, según precisaron este sábado desde el Ministerio de Salud.
A través de la cuenta de Twitter de la autoridad sanitaria hicieron esta indicación con lo que dichos lugares quedan excluidos de la obligación de presentar el certificado de inmunización, tal como lo ordena el Decreto Supremo n°179-2021-PCM.
Esta norma dispone la obligación de presentar el carné físico o virtual de vacunación contra la COVID-19 a todas las personas mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales cerrados donde se desarrollan actividades económicas y de culto
Al respecto, el Ministerio de Salud aclaró que esta norma de cumplimiento nacional tendrá algunas excepciones, es decir lugares donde no se exigirá la presentación del carné de vacunación para poder ingresar.
"Cabe indicar que el ingreso a farmacias, hospitales y bodegas sí será permitido sin necesidad de mostrar el carné de vacunación. En tanto que, para cualquier espacio público, sigue vigente la necesidad de acudir con una mascarilla KN95 o una mascarilla quirúrgica (de tres pliegues) más otra de tela", señalaron.
Viajes interprovinciales
El Decreto Supremo recuerda a la ciudadanía que, los mayores de 18 años que quieran realizar viajes interprovinciales (terrestres y aéreos), deberán mostrar el carné de vacunación con las dos dosis contra la COVID-19, o en su defecto, una prueba molecular negativa tomada con 72 horas de anticipación.
En el caso de vuelos procedentes desde el extranjero, la restricción aplica para pasajeros desde los 12 años, en tanto que el transporte internacional de pasajeros por vía terrestre ha sido suspendido al decretarse el cierre de fronteras.
Sobre reuniones de fin de año
Dicha norma también detalla la prohibición de todo tipo de reunión y evento social, incluyendo las que se realizan en los domicilios y vistas familiares, durante Navidad y Año Nuevo.
Además, recuerda que el toque de queda para esos días será de la siguiente manera: el 25 de diciembre de 2021 y 1 de enero de 2022, el período de inmovilización regirá desde la 1:00 a.m. hasta las 4:00 a.m.
Andina
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