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Multas en SJL a paneles monumentales instalados sin autorización

Publicidad exterior ilegal podría acarrear una sanción de hasta S/.35,550

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de San Juan de Lurigancho sancionará con una multa de hasta 35,550 soles (equivalente a 10 Unidades Impositivas Tributarias) a quienes instalen sin autorización o en forma distinta a la autorizada, elementos de publicidad exterior de tipo panel monumental.

 

Este tipo de elemento publicitario está hecho de materiales resistentes e incombustibles, tiene una dimensión máxima de 80 metros cuadrados por cara y se sostiene de uno, dos o más puntos de apoyo, con lo que configura una estructura compleja, razón por la que debe ser calculada y respaldada por profesionales colegiados en la materia.

 

La ordenanza, publicada hoy en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, dispone que en caso de infracción, además de la multa se desmontará y retirará este tipo de publicidad.

 

En caso el propietario sancionado incumpla la orden de retiro del elemento de publicidad exterior, se le sancionará con una multa de 7 mil 100 soles (equivalente a dos UIT), además del retiro del elemento publicitario.

 

La misma sanción está prevista cuando se instalen elementos de publicidad exterior que utilicen en exceso emisores intermitentes de luz artificial, en cantidad y variedad de colores que además provoquen deslumbramiento.

 

Si el propietario del panel monumental no le presta el adecuado mantenimiento y atente con ello las normas de ornato y seguridad, la sanción será un multa de tres mil 550 soles (equivalente a una UIT).

 

La misma sanción se aplicará cuando se instalen elementos de publicidad exterior en azoteas o techos, o en el retiro de predios.

 

 

ANDINA


 

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