La Corte Superior de Justicia de Sullana declaró infundada la demanda mediante la Resolución N° 05 del Cuarto Juzgado Unipersonal.
Por unanimidad la Sala Superior de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Sullana declaró infundada la demanda de Hábeas Corpus formulada por el abogado Luis Alberto Mauricio Reyes a favor del empresario Martín Antonio Belaúnde Lossio; según se confirma en la Resolución N° 05 del Cuarto Juzgado Unipersonal de esta sede judicial, la misma que será notificada a las partes del proceso conforme a ley.
En el plazo establecido y mediante la resolución N° 21, de fecha 22 de febrero, el Colegiado conformado por los magistrados Jorge Washington Alva Inga, María Elena Palomino Calle y Omar Reyes Jiménez, dispusieron además que se archiven los autos de la materia en el juzgado de origen tal como lo dispone la cuarta disposición final del Código Procesal Constitucional.
Como se recuerda la demanda de Hábeas Corpus interpuesta por Mauricio Reyes señalaba como agravios la violación al debido proceso y del derecho de defensa de su patrocinado, argumentos que fueron desestimados por el Procurador Público.
En su momento se señaló que los abogados de Belaúnde Lossio sí accedieron a la carpeta fiscal, contando con el tiempo suficiente para preparar su defensa y contradecir el requerimiento de prisión preventiva que dispuso el titular del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia del Santa.
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