La demanda de inconstitucionalidad fue interpuesta por el fiscal de la Nación, José Peláez Bardales, por infringir los artículos 189, 190, 191 y otros de la Constitución.
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) resolvió la admisión a trámite de la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la ordenanza del gobierno regional de Cajamarca, que declara inviable el proyecto minero Conga.
La denuncia fue interpuesta por el fiscal de la Nación, José Peláez Bardales, por infringir los artículos 189, 190, 191 y otros de la Constitución.
En su resolución, el TC señala que la demanda fue presentada dentro del plazo establecido en el artículo 100 del Código Procesal Constitucional y cumple con todos los requisitos establecidos en el artículo 101 y 102 para su admisión.
Al mismo tiempo, el tribunal dispuso correr traslado de la demanda al gobierno regional de Cajamarca, encabezado por Gregorio Santos, para que en un plazo de 30 días conteste la demanda, conforme lo dispone el artículo 107 del Código Procesal Constitucional.
El fiscal de la Nación está facultado para presentar una demanda de inconstitucionalidad, conforme lo establece la Constitución, así como el segundo párrafo del artículo 99 del Código Procesal Constitucional.
El gobierno regional emitió la Ordenanza 036-2011-GR.CAJ.CR, que declara inviable el proyecto minero Conga, pese a que no se realiza aún el peritaje internacional al estudio de impacto ambiental del proyecto Conga, que busca absolver las dudas sobre las objeciones ambientales a esa inversión.
El estudio es financiado por el Poder Ejecutivo y se realizará en un plazo de 40 días.
Andina
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