Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
RPP Data
Urgen medidas para reducir los accidentes de tránsito en carretera
EP 192 • 03:10
Informes RPP
Mateo Castañada: El abogado de Dina Boluarte implicado en el caso Los Waykis en la sombra
EP 1131 • 06:30
Espacio Vital
¿Los ruidos causados por el tráfico automotor pueden causar enfermedades del corazón?
EP 373 • 07:09

A Barrios le hubiera correspondido un día de indemnización, afirman

Foto: Congreso de la Rep
Foto: Congreso de la Rep

Laboralista Pedro Morales sostuvo que existe vacío legal que permite indemnizar a funcionarios públicos como si estuvieran en sector privado pero aun así debió aplicársele contrato a plazo fijo.

El destacado laboralista, Pedro Morales sostuvo que al ex ministro del Interior, Fernando Barrios debió corresponderle solo un día de indemnización tras su salida de EsSalud, esto debido a que -pese a que no se trataba del caso- se le debió aplicar lo mismo que en un contrato a plazo fijo ya que es lo que corresponde a los directores de esa institución.

El especialista indicó que existe un vacío legal que permite trasladar el sistema del sector privado a funcionarios públicos, medida que se ha venido ejecutando desde principios de los noventa, pero que de todos modos no se debe hacer a “rajatabla”.

En el caso de Fernando Barrios indicó que pese a que su salida no se trataba de una resolución unilateral de su empleador (el Estado) -ya que incluso se le estaba invitando a formar parte de una cartera del mismo Gobierno- se le aplicó un régimen propio del sector privado de forma equivocada.

Indicó que hubiera correspondido asimilársele los mismos criterios que en un contrato a plazo fijo al tener los directores de EsSalud dos años de funciones, lo cual significaría un día de indemnización por faltarle solo una jornada para la culminación de su contrato.

“Lo cierto es que la ley establece que para los directores de EsSalud el nombramiento  es por dos años, prorrogable a dos, entonces eso se asimila -ojo no estoy diciendo que es- sino que se asimila a un contrato de plazo fijo”, dijo a RPP

“Y en el ámbito privado en un contrato a plazo fijo, en el supuesto que el empleador -en este caso negado- resolviera el contrato unilateralmente, el trabajador tiene derecho a que se le pague un sueldo y medio por mes que falte para cumplir el contrato o la parte proporcional por los días. A este señor le faltaba un día, en ese supuesto le hubiera correspondido un día de indemnización”, agregó.

Afirmó que la parte proporcional es el equivalente a un día, en el supuesto que se tratara por una resolución unilateral pero en el caso Barrios “no se trataba de eso”.

“Porque se le invitaba a ser ministro del Interior, el mismo Estado lo estaba invitando.
Debió ser un cese por mutuo acuerdo, o una renuncia”, concluyó.

Tags

Lo último en Lima

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA