La norma establece que la medida se aplicará a los casos graves de corrupción que afecten el patrimonio del Estado; y la pena alcanzará no solo al autor del ilícito sino también a los partícipes.
La Comisión de Constitución del Congreso aprobó por mayoría modificar el artículo 41 de la Carta Magna, referido a la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción contra el patrimonio del Estado.
La norma establece que dicha medida se aplicará a los casos graves de corrupción que afecten los bienes del Estado; y establece que la pena que se imponga alcanzará no solo al autor del ilícito sino también a los partícipes.
El dictamen será elevado al pleno del Poder Legislativo para su posterior debate y votación por la Representación Nacional.
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