Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Desde el sábado puerto de Chancay comenzará a operar carga, anunció gerente general adjunto del concesionario
EP 1748 • 08:36
El Club de la Green Card
¿Quiénes pueden recibir la pensión de un familiar fallecido en EE.UU.?
EP 124 • 01:30
RPP Data
¿Qué hacer para que Lima Metropolitana no siga creciendo de forma desordenada?
EP 237 • 02:58

Declaran infundada recusación de jueces en caso Fujimori

Los doctores César San Martín Castro y Víctor Prado Saldarriaga, continuarán en el caso seguido por el pago de 15 millones de dólares a Vladimiro Montesinos.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

La Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia declaró infundada la recusación planteada por la defensa del acusado Alberto Fujimori, contra los doctores César San Martín Castro y Víctor Prado Saldarriaga, en el caso seguido por el pago de 15 millones de dólares a Vladimiro Montesinos.
 
La resolución Nº 24 2009, señala en sus considerandos que los argumentos expuestos por el abogado César Nakazaki, respecto a un temor de parcialidad, de los referidos vocales supremos por haber condenado a su patrocinado en los casos Barrios Altos, La Cantuta y los secuestros de Gorriti y Dyer, no tiene motivos razonables.
 
"No se evidencia motivos razonables de parcialidad de los magistrados recusados que supongan un inadecuado ejercicio de la función jurisdiccional y  tampoco la existencia del prejuicio que implica formarse una convicción previa, a favor o en contra de una de las partesÂÂÂ…", afirma el documento.
 
Explica que entre las causas 19 – 2001 (Barrios Altos, La Cantuta y secuestros de Gorriti y Dyer) y 23 – 2001 (pago de US$ 15 millones a Montesinos) no existe relación por cuanto cada una se desarrolla dentro de su propio marco legal y no existe prejudicialidad alguna o relación de causa efecto entre los dos procesos.
 
Agrega que los cargos imputados a Fujimori en el juicio oral anterior se basan en la incriminación de los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y secuestro; mientras que en  esta causa se le juzga por peculado y falsedad ideológica. Además, los hechos materia de juzgamiento entre ambos expedientes son diferentes y corresponden a contextos históricamente distantes entre sí.
 
Sin embargo, la Sala Penal Especial declaró fundada la recusación contra el Vocal Hugo Príncipe Trujillo por haber sido parte del Tribunal que revisó la sentencia impuesta a los ex ministros Federico Salas Guevara, Carlos Boloña Behr y Carlos Bergamino Cruz por el pago de 15 millones de dólares a Vladimiro Montesinos.
 
Sostiene que para suscribir su decisión final, Príncipe Trujillo ahondó en la causa para interpretar las pretensiones impugnativas que lo obligaron a vincular las conductas de los ex ministros, en las que necesariamente incluyó a Alberto Fujimori.
 
La Sala Penal Especial que resolvió el incidente de recusación fue presidida por el Vocal Adolfo Barrientos Peña, e integrada por los doctores Héctor Rojas Maraví y Julia Arellano Serquén.

Tags

Lo último en Lima

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA