En un oficio, la abogada Inés Tello insistió en que no se debió contar el voto del congresista José Luna Gálvez por ser miembro de la Comisión Permanente.
La exintegrante de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Inés Tello de Ñecco, reiteró el pedido formulado al pleno del Congreso para declarar “inexistente” la resolución que declaró su inhabilitación por diez años para el ejercicio de la función pública.
La semana pasada, la representación nacional – con 67 votos a favor, 23 en contra y tres abstenciones – aprobó sancionar a la abogada por haberse mantenido en el cargo de miembro titular de la JNJ fuera del límite de edad (75 años) previsto en la Constitución y el artículo 109 de la Ley Orgánica de la JNJ.
A través de un oficio enviado al presidente del Congreso, Alejandro Soto, la letrada hizo énfasis en que no se debió contar la votación del parlamentario José Luna Gálvez (Podemos Perú) por ser integrante de la Comisión Permanente.
“Tanto el artículo 100 de la Constitución como el artículo I) del Reglamento del Congreso establecen que, en la votación del pleno en el juicio político, no participan los miembros de la Comisión Permanente”, escribió.
Inés Tello rechazó fundamentos del Congreso
En el documento, fechado el 12 de marzo, la exjueza rechazó y calificó de “insostenibles” los descargos del Parlamento para justificar la intervención de Luna Gálvez.
Y es que el Palacio Legislativo, a través de su Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, afirmó que el mencionado congresista sí estaba habilitado para votar en la sesión del pleno, porque no ejerció su voto cuando se vio el informe final del caso en la Comisión
“A la luz de la Constitución y del Reglamento del Congreso, considero que sigo siendo miembro de la Junta Nacional de Justicia”, alegó Tello de Ñecco.
En otra parte del texto, la jurista señaló que su inhabilitación, expedida en la Resolución Legislativa del Congreso 008-2023-2024, fue “indebidamente aprobada”, por lo que afirmó que su cargo como miembro titular de la JNJ no podrá ser asumido por un accesitario.
“La resolución legislativa dispone mi inhabilitación, pero no mi destitución. Como no he sido destituida de la JNJ, mi cargo de integrante de este órgano constitucional autónomo no ha quedado vacante”, se lee en el oficio que también lleva la firma del abogado Omar Cairo.
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