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Jueces aplicarán penas más severas a casos agravados, destacan

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La modificación permitiará acabar con situaciones tales como que a un violador sexual se le dé una pena menor que la aplicada sobre otra persona autora del mismo delito.

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Las modificaciones aprobadas por el pleno del Congreso sobre el Código Penal, el Código Procesal Penal y el de los Niños y Adolescentes, fijan esquemas para que las decisiones y fallos de los jueces mantengan un estándar, destacó la presidenta de la Comisión de Justicia, Marisol Pérez Tello.

Pérez Tello destacó que se tomará en cuenta para fijar las sanciones con mayor precisión, elementos tales como los atenuantes y agravantes.

A su juicio, ello acabará con situaciones tales como que a un violador sexual se le dé una pena menor que la aplicada sobre otra persona autora del mismo delito.

Así, se tomará en cuenta para cada caso el número de años de pena privativa de la libertad que pueden aplicarse a los delitos, dividiendo estos en tres tercios.

El primer tercio se aplicará cuando hay atenuantes tales como que el responsable trate de atender a la víctima.

El segundo tercio de las penas se impone cuando hay algún agravante, pero también un atenuante en el delito cometido.

El tercer tercio de la sanción –el más severo- se dará a quienes incurran en agravantes, como  el de la discriminación por sexo, raza o cualquier otro motivo, precisó Pérez Tello.

“Si hoy alguien mata a un homosexual se le aplica ocho años porque también es delito de discriminación. Con la nueva ley, lo mínimo para esos casos será de entre 16 y 20 años, por el agravante”, explicó la parlamentaria.

Faltas sancionadas

Pérez Tello destacó también que en esta iniciativa –que recogió propuestas de 63 proyectos- se incluyan sanciones más severas a figuras que no eran consideradas expresamente en la normatividad vigente.

De igual manera, en el texto se indica que quienes incurran habitualmente en faltas que hoy no merecen sanción de cárcel, recibirán pena privativa de la libertad.

La legisladora explicó que al incurrir por tercera vez en una falta, como, por ejemplo, robos de objeto valorados en montos pequeños, se aplicará una sanción carcelaria.

También se han considerado penas para acciones como el robo y hurto realizados en una casa o habitación, la receptación de autopartes o la extorsión realizada, por ejemplo, en obras de construcción civil, refirió la parlamentaria.

En cuanto al delito de violación, las penas de cárcel no bajarán de doce años, ni serán mayores de 18 cuando la víctima tenga entre catorce años y menos de 18 años de edad. Si se trata de un menor de entre diez y catorce años, la sanción será de entre 30 y 35 años de prisión.

Si se da el agravante de que el responsable sea un familiar, este recibiría cadena perpetua.

ANDINA

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