"Es sorprendente que el juez cite a lectura de sentencia cuando este tipo de nulidades ya las conocía", comentó a RPP Noticias el abogado penalista Julio Rodríguez.
El abogado penalista Julio Rodríguez consideró que Benjamín Enríquez, titular del 26 Juzgado Penal de Lima, que declaró ‘nulo en parte’ el proceso contra Susana Villarán, no debió citar a lectura de sentencia a la electa alcaldesa de Lima.
“Es sorprendente que el juez cite a lectura de sentencia cuando este tipo de nulidades ya las conocía porque fueron alegados por la defensa de Susana Villarán”, comentó en diálogo con RPP Noticias.
“Él nunca debió citar a lectura de sentencia en el momento que él constató que había una irregularidad insalvable. (...) Pero esto no tiene por qué esperar a esta instancia. Esto lo pudo haber hecho en el mismo momento que recibió el expediente”, agregó.
Como se sabe, el 26 Juzgado Penal de Lima declaró “nulo en parte” todo lo actuado en este proceso y decidió remitir el expediente al juzgado original, al Juzgado 36, donde se definirá la suerte de la electa alcaldesa de Lima.
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