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Levantar restricción telefónica a Fujimori compete solo al INPE, aclaran

Procurador Adjunto Anticorrupción aclaró que la Cuarta Sala Penal Liquidadora, que tiene a su cargo el juicio por el caso ´diarios chicha´, no tiene competencia sobre medidas administrativas adoptadas por otro organismo.

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El procurador Adjunto Anticorrupción, Joel Segura Alania, aclaró que la Cuarta Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima, que  tiene a su cargo el juicio por el caso ‘diarios chicha’, no tiene competencia para decidir si levanta o no la restricción telefónica impuesta al condenado expresidente Alberto Fujimori.

Explicó que el exmandatario utilizó el juicio como ‘un canal para hacer un reclamo’ pero recalcó que dicho colegiado no puede emitir un pronunciamiento sobre medidas administrativas adoptadas por otro organismo.

"Ha utilizado el juicio para trasladar un reclamo pero la sala no tiene por qué acogerlo, ya que no es su competencia sino del INPE (Instituto Nacional Penitenciario)", aseveró en declaraciones a RPP Noticias.

En contra de arresto domiciliario

El abogado del Estado se mostró en contra de que eventualmente a Fujimori se le varíe la prisión efectiva por el arresto domiciliario con grilletes electrónicos, como lo ha propuesto la lideresa del Partido Popular Cristiano (PPC), Lourdes Flores Nano.

Dijo que si bien respeta esa opinión, para condenados por corrupción o violación de derechos humanos, las sanciones deben ser efectivas.

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