La OSCE informó que luego de conocerse denuncia que recae sobre la empresa Krasny del Perú se procedió a declarar la nulidad de oficio de su inscripción como proveedor.
El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), dijo que la inscripción en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) es un procedimiento de aprobación automática que se realiza a través de un formulario electrónico que los interesados suscriben con mérito de declaración jurada.
En ese sentido, la información proporcionada por dichos proveedores está sujeta a fiscalización posterior, mecanismo que se realiza bajo un sistema de muestreo (aleatorio) y que permite verificar la autenticidad de la información proporcionada por los administrados.
En un comuniado señalan que, por mandato expreso del numeral 32.2 del artículo 32 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, "la fiscalización posterior se aplica a no menos del diez por ciento (10%) de los expedientes sujetos a la modalidad de aprobación automática, hasta un máximo de cincuenta (50) expedientes por semestre".
Señalan que en ese escenario, luego de conocerse la denuncia periodística que recae sobre la empresa Krasny del Perú S.R.L., "este Organismo Supervisor realizó la inmediata fiscalización de la información presentada por dicha empresa y procedió a declarar la nulidad de oficio de su inscripción en el RNP, sin perjuicio de la potestad que tiene el Tribunal de Contrataciones del Estado de imponer una sanción de inhabilitación temporal o permanente, previo procedimiento administrativo sancionador".
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