La abogada penalista Pamela Peralta, advirtió la posible comisión del delito de cohecho pasivo impropio o corrupción cuando el presidente José Jerí recibió como obsequio unos cuadros de un empresario que tiene contratos con el Estado. En declaraciones a Ampliación de Noticias, Peralta explicó en RPP que todo funcionario o servidor público tiene estrictamente prohibido recibir dádivas, y precisó que en este escenario legal no resulta relevante el valor económico de los objetos recibidos.
En la Comisión de Fiscalización del Congreso, realizado el 21 de enero, el mandatario José Jerí señaló que los cuadros chinos que se llevó el 6 de enero del local del Centro de Lima fueron un obsequio del empresario chino Zhihua Yang como una "gentileza" hacia su persona.
"Yo fui a comprar, pero no se me permitió pagar, es una gentileza hacia mi persona, de obsequiarme los caramelos y cuadros", manifestó tras indicar que su intención inicial fue cancelar el costo de los productos.
Al respecto, la abogada penalista Pamela Peralta advirtió en RPP la posible comisión del delito de cohecho pasivo impropio o corrupción cuando el presidente José Jerí recibió estos obsequios porque mantiene una concesión con el Estado.
En declaraciones a Ampliación de Noticias, Peralta explicó que todo funcionario o servidor público tiene estrictamente prohibido recibir dádivas y precisó que, en este escenario legal, no resulta relevante el valor económico de los objetos recibidos.
"Un tema que no he escuchado que se haya tocado mucho es sobre el cohecho pasivo impropio. Y esto debido a que el presidente ha aceptado que ha recibido unos cuadros y que estos han sido trasladados en el vehículo del Estado. En realidad, no importa el valor de estos cuadros, el hecho es de que el presidente ha recibido estas dádivas", declaró en Ampliación de Noticias.
"Esto está sancionado penalmente por el artículo 395, en el cual la pena puede ascender a los ocho años de pena privativa de libertad. Estos cuadros tendrían que pasar al patrimonio del Estado y no formar parte de un patrimonio personal del presidente. Esto es algo que todavía no se ha esclarecido", añadió la abogada Pamela Peralta.
Además, la abogada sostuvo que el pago de un almuerzo o la aceptación de una invitación para visitar China, como señaló el propio José Jerí, también podría ser considerado como una dádiva.
"Cualquier funcionario público o servidor público está prohibido de recibir cualquier dádiva. Y él lo ha recibido. Es más, el hecho de que el empresario chino haya pagado este almuerzo también se entiende como un favor o una dádiva. [Sobre invitación de visitar China] Definitivamente estamos ante una figura de cohecho. El presidente no puede aceptar este tipo de invitaciones sin antes que estas estén pues agendadas o de hecho que también pues tengan la autorización debida", mencionó en RPP.
Sobre la directiva aprobada en 2025
La abogada agregó que la directiva 004-2025-DP/SSG, publicado por el Despacho Presidencial en 2025 que modificó las normas referidas a los obsequios, tampoco justificaría que el mandatario haya recibido los cuadros por parte del empresario chino.
"Esta directiva otorga ciertas excepciones. Pero estas excepciones están también reguladas y que se deben de realizar en eventos públicos, eventos netamente culturales o políticos, no como lo que se ha visto a nivel nacional a un presidente encapuchado recibiendo un cuadro y trasladarlo en el vehículo oficial. Eso no está permitido", mencionó la abogada.
Por su parte, la exprocuradora Delia Muñoz dijo en RPP que sería cuestionable que la directiva genere alguna excepción en las restricciones para recibir obsequios.
"Sería bien discutible que una directiva pueda generar alguna excepción; sin embargo, en los últimos años vemos que a través de la argumentación se sostienen que estas normas de desarrollo sí pueden generar cierta protección o cierta excepción o por lo menos plantear la duda ante las exigencias legales", explicó en RPP.
Investigación del Ministerio Público
El último jueves 15 de enero, el fiscal de la Nación interino, Tomás Gálvez, inició una investigación preliminar al presidente de la República, José Jerí, por los presuntos delitos de patrocinio ilegal de interés particulares y tráfico de influencias a raíz de sus reuniones, no registradas, con el empresario chino Zhihua Yang.
El 21 de enero, el presidente José Jerí anunció en conferencia de prensa su disposición a colaborar con las investigaciones del Ministerio Público con el levantamiento de sus comunicaciones en su celular.
Al respecto, Delia Muñoz recordó la demanda competencial que presentó el Poder Ejecutivo, cuando Dina Boluarte era presidenta, contra el Ministerio Público y declarado fundado por el Tribunal Constitucional, sobre investigar a un presidente en funciones.
"El Ministerio Público puede pedir pruebas, sí. Puede ser convocado por la fiscalía en máximo dos oportunidades. Las pruebas son muy puntuales: presentación de documentos, exhibición de documentos y convocarlo para algún tipo de puntualización o declaración. [¿Por qué?] Porque a lo largo de esa sentencia competencial el Tribunal Constitucional va a acoger la posición del Poder Ejecutivo diciendo que no puede ser convocado el presidente de la República en cada momento porque por el cargo que represente y la amplitud de funciones que tiene estas no deben de ser distraídas por este tipo de denuncias que tienen que investigarse completamente al término del mandato", explicó la exprocuradora Delia Muñoz en RPP.
Es importante señalar que el TC precisó que la Fiscalía de la Nación se encuentra habilitada solo para realizar actos de investigación que resulten "urgentes, inaplazables, estrictamente necesarios" en investigaciones seguidas a Presidentes de la Republica durante el ejercicio de sus funciones.