A través de una resolución firmada por el ministro Juan José Santiváñez, se resolvió declarar infundado el recurso de reconsideración presentado por Colchado contra su pase al retiro. Con ello, quedó agotada la vía administrativa
El Ministerio del Interior (Mininter) declaró infundado el recurso de reconsideración que presentó Harvey Colchado contra la resolución de dicho sector, del pasado 16 de diciembre, que dispuso su pase al retiro de la actividad policial.
A través de una resolución suscrita por el ministro del Interior Juan José Santiváñez, se determinó que "el acto administrativo que dispone el pase a la situación policial de retiro por la causal de renovación de cuadros por proceso regular de [Colchado Huamaní], no constituye un acto arbitrario", ya que "es atribución del Comando de la Policía Nacional del Perú, con la finalidad de mantener los cuadros de personal en función a las necesidades institucionales y a criterios técnicos, iniciar el proceso de cambio de situación policial de actividad a la situación policial de retiro por la causal de renovación de cuadros por proceso regular".
Asimismo, el Mininter indicó que los actuados "son actos que agotan la vía administrativa", es decir "el acto respecto del cual no proceda legalmente impugnación ante una autoridad u órgano jerárquicamente superior en la vía administrativa".
![](https://f.rpp-noticias.io/2025/02/14/170570814-02-2025-13-23-31-colchadojpg.jpg)
Fundamentos
Según se indica en la resolución publicada el último miércoles, el Consejo de Calificación de la PNP, nombrado por la Comandancia General de la Policía Nacional, propuso por unanimidad pasar de la situación policial de actividad a la situación policial de retiro a Harvey Colchado, lo cual se hizo efectivo con la resolución ministerial del 16 de diciembre.
Once días después, el exjefe de la DIVIAC interpuso un recurso de reconsideración "solicitando se declare la nulidad del Acta N° 322-2024-COMGEN PNP/CCO/CRNL-ARMAS, del Consejo de Calificación, y se deje sin efecto su pase a la situación policial de retiro por causal de renovación de cuadros".
Colchado Huamaní sustentó su recurso "señalando que el proceso de renovación por proceso regular de Oficiales de Armas y de Servicios de la PNP para el año 2025 ha vulnerado el debido procedimiento por parte del Consejo de Calificación, lo cual ha generado un vicio de nulidad en el proceso de evaluación".
Asimismo, señaló "que el proceso de renovación de cuadros no se realizó conforme a los parámetros establecidos por el Tribunal Constitucional" en una sentencia del 2020.
No obstante, el Mininter concluyó que Colchado "cumple las condiciones para pasar a la situación policial de retiro por la causal de renovación de cuadros por proceso regular [...], al no tener la posibilidad de asignarle cargo específico en razón de su antigüedad, especialidad funcional o perfil profesional en el cuadro de organización y cuadro de personal de la Policía Nacional del Perú".
Además, el ministerio indicó que la decisión del Consejo de Calificación "no tiene carácter ni efecto sancionador para el administrado y no implica la afectación de sus derechos provisionales, ni constituye un agravio legal, ético o moral para su persona, y se ha realizado acorde con lo estipulado en [la] Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú".
Finalmente, se resaltó que Colchado "ha sido evaluado de manera objetiva de acuerdo a su Reporte de Información Personal, determinando que cumple con los criterios técnicos para estar inmerso en la causal de renovación de cuadros por proceso regular".
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