Guillermo Bermejo y Guido Bellido son investigados por presunta obstrucción a investigación por delito de terrorismo en agravio del Estado.
Judiciales
El tribunal presidido por el juez supremo César San Martín escuchará ese día a los legisladores y a sus abogados así como la representante del Ministerio Público
La Corte Suprema evaluará el martes, 16 enero, si deja sin efecto la resolución judicial que ordenó levantar el secreto de las comunicaciones de los congresistas Guillermo Bermejo y Guido Bellido, investigados por presunta obstrucción a investigación por delito de terrorismo en agravio del Estado.
En una audiencia virtual reservada a realizarse desde las 9.00 a.m., la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema analizará las apelaciones presentadas por ambos legisladores para que se revoque la resolución que emitió el juez supremo Juan Carlos Checkley el pasado 27 de abril, en la que declaró fundado el requerimiento que hizo la Fiscalía para que se ordenara el levantamiento del secreto de sus comunicaciones en tiempo histórico, respecto al periodo comprendido desde el 1 de agosto al 30 de noviembre del año 2021.
El tribunal presidido por el juez supremo César San Martín escuchará ese día a los legisladores y a sus abogados, así como la representante del Ministerio Público asignado al caso para emitir un veredicto definitivo al respecto.
La defensa legal de Bermejo demanda en su recurso de apelación que se revoque la resolución y se declare infundado dicho requerimiento fiscal tras alegar que no se estableció vinculación entre la medida solicitada y los elementos de investigación que justifiquen la restricción del derecho al secreto de las comunicaciones.
También sostiene que solo se enumeraron diferentes actos de investigación sin que consten elementos de acreditación de los hechos incluso externos a la versión de un colaborador.
En tanto, la defensa legal de Bellido pide la anulación de dicha resolución judicial y se deje sin efecto el levantamiento del secreto las comunicaciones de su patrocinado al sostener que se inobservaron los requisitos legalmente previstos, que no constan suficientes elementos probatorios que vinculen a su defendido con los hechos y que se vulneró la debida motivación de la resolución autoritativa.
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Resolución apelada
El magistrado Juan Carlos Checkley declaró fundado el requerimiento que hizo la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos para que se ordenara el levantamiento del secreto de las comunicaciones de ambos legisladores y contra John Kleber Benites Tangoa, implicado en este caso.
El magistrado determinó que concurren las exigencias constitucionales y presupuestos procesales necesarios para dictarse esta medida para la búsqueda de pruebas y restricción de derechos sobre la base suficiente de elementos de convicción respecto a la comisión del delito que se investiga en este caso.
El magistrado precisó que esta medida de levantamiento del secreto de las comunicaciones corresponde al periodo comprendido desde el 1 de agosto al 30 de noviembre del año 2021.
El juez supremo dispuso que las principales empresas de telefonía del Perú remitan al mencionado despacho fiscal en un plazo de 15 días hábiles la información relacionada a cinco líneas telefónicas activas utilizadas por los investigados en este caso.
Asimismo, dispuso que, ejecutada la presente medida, el mencionado despacho fiscal deberá dar cuenta del resultado para el control respectivo.
El magistrado declaró infundadas las oposiciones formuladas por la defensa legal de ambos legisladores para que se aprobara este requerimiento fiscal.
Esta investigación preliminar gira en torno a una supuesta vinculación de los parlamentarios con los remanentes de la organización terrorista Sendero Luminoso en la zona del VRAEM.
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