El fallo del Juzgado Constitucional de la Corte de Arequipa suspende la aplicación de la ley que prohíbe la publicidad estatal en medios de comunicación privados para la entidad crediticia que presentó la medida cautelar.
El Juzgado Constitucional de la Corte de Arequipa declaró fundada la medida cautelar presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa y por tanto suspende la aplicación de la ley que prohíbe la publicidad estatal en medios de comunicación privados (N° 30793).
La jueza de la causa, Karina Apaza del Carpio, dispuso la notificación de esta decisión judicial al presidente del Congreso de la República, Daniel Salaverry, además de ejecutarse dicho trámite por vía regular, conforme lo establece el procedimiento legal.
Cabe resaltar que la medida cautelar puede ser apelada por la parte demandada. Si se concede el recurso de revisión, se declararía con efecto suspendido; es decir que mientras no sea confirmada en segunda instancia, no podría aplicarse.
Sin embargo, hasta que este supuesto no ocurra, la también denominada 'Ley Mulder' no puede aplicarse para la citada entidad crediticia considerada pública pero de derecho privado.
En tanto, la acción de amparo presentada por la entidad financiera, está en pleno proceso de notificación al Congreso de la República que tiene un plazo final para responder la demanda que permitirá continuar con el proceso regular y obtener un pronunciamiento de fondo.
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