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Poder Judicial: Betssy Chávez afrontará bajo mandato de comparecencia con restricciones el proceso por fallido golpe de Estado

El juez Juan Carlos Checkley también dispuso que Betssy Chávez sea sometida a un control biométrico cada siete días, así como también la obligación de presentarse ante la autoridad judicial o fiscal en la hora y fecha que sea requerida para cualquier actuación del proceso.

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La exjefa del Gabinete Ministerial, Betssy Chávez, procesada por su presunta participación en el fallido golpe de Estado del 7 de diciembre del 2022, no podrá ausentarse de la localidad de Lima sin previa autorización judicial.

Así lo determinó el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley al imponer dicha regla de conducta a Chávez Chino como parte de mandato de comparecencia con restricciones que le impuso dentro de este proceso penal.

Mediante una resolución emitida el último 3 de setiembre, a la que tuvo acceso RPP, el magistrado también dispuso que Betssy Chávez sea sometida a un control biométrico cada siete días, así como también la obligación de presentarse ante la autoridad judicial o fiscal en la hora y fecha que sea requerida para cualquier actuación del proceso.

Checkley Soria consideró que estas medidas restrictivas son idóneas, necesarias y proporcionales a fin de evitar el peligro procesal de fuga respecto a Betssy Chávez, quien se encuentra actualmente afrontando un juicio oral por este caso.

"Restricciones que resultan idóneas, en tanto permiten atenuar el peligro de fuga que se apreció al dictársele la prisión preventiva; necesarias porque no existe otra medida alternativa menos gravosa para sujetarla al proceso penal, y es una medida proporcional, porque considerando sus fines legítimos, permite asegurar la comparecencia al juicio oral, con una mínima afectación a la libertad personal", precisó el magistrado en su resolución.

Juan Carlos Checkley precisó que estas restricciones se deben cumplir bajo "apercibimiento" o "advertencia" que, en caso de incumplimiento será revocada la medida de comparecencia impuesta a la exjefa del Gabinete Ministerial, conforme al artículo 287, inciso 3, del Código Procesal Penal.

De esta manera, el magistrado dio trámite a lo establecido en la sentencia que emitió el Tribunal Constitucional en la que dejó a salvo su competencia para dictar las medidas necesarias para asegurar la presencia de Betssy Chávez en las diligencias judiciales relacionadas a dicho proceso penal tras anular la resolución judicial que emitió su despacho el 27 diciembre del 2024 en la que ordenó la prolongación del mandato de prisión preventiva que pesaba contra de la exjefa del Gabinete Ministerial por haber sido dictada fuera plazo establecido por la ley.

Retiro del pedido de prolongación de prisión preventiva

Betssy Chávez, quien permanece internada en una clínica local por prescripción médica, afronta un juicio oral junto al expresidente Pedro Castillo y otros por el fallido golpe de Estado, por el cual el Ministerio Público pidió que se le imponga la penal de 25 años de prisión al acusarla como presunta coautora del delito de rebelión en agravio del Estado.

El último viernes 5 de setiembre, el juez supremo provisional Edhin Campos aceptó el "desestimiento" o "retiro" del pedido de prolongación de la prisión preventiva por 18 meses en contra de Chávez Chino, presentado por la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos.

El fiscal supremo Edward Casaverde explicó que en este caso había operado la caducidad del requerimiento solicitado en 2024, teniendo en cuenta que el Tribunal Constitucional anuló la resolución que declaró fundada la ampliación de la medida y dispuso la libertad de la exjefa del Gabinete Ministerial.

Además, señaló que la medida no era viable en la actualidad debido a que la requerida ya se encontraba en libertad.

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