La medida cautelar impuesta por el juez Juan Carlos Checkley Soria contra Pedro Castillo se da en el marco de las investigaciones por los presuntos delitos de rebelión y conspiración. En el caso del extitular del Gabinete Ministerial, Aníbal Torres, se le impuso la medida de comparecencia con restricciones.
El Poder Judicial ordenó 18 meses de prisión preventiva contra el expresidente Pedro Castillo por los presuntos delitos de rebelión, conspiración, abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública. En el caso del extitular del Gabinete Ministerial, Aníbal Torres, se le impuso la medida comparecencia con restricciones.
Durante la audiencia, la Fiscalía argumentó que existe flagrancia en el delito que se le imputa, ya que el exmandatario llamó a las Fuerzas Armadas a cumplir las disposiciones que había adoptado al momento de decretar el fallido intento de golpe de Estado.
Con respecto al peligro procesal, el representante del Ministerio Público contempló la intención de fugarse al momento de dirigirse a la Embajada de México: "No creemos que haya ido a la Embajada de México a tomar el té".
Por su parte, Italo Díaz, abogado de Castillo, replicó que el exmandatario no pretendía asilarse en México. Dijo que el embajador Ebrard le ofreció asilo, pero su defendido en ningún momento lo había solicitado. Además, agregó que existen dichos alrededor de su patrocinado, pero no pruebas.
Mientras tanto, Duberlí Rodríguez, abogado de Aníbal Torres, fue en esa misma línea y señaló que la Fiscalía no posee evidencias de que su defendido se haya levantado en armas y que no hay indicios de su participación en el fallido golpe de Estado.
Rodríguez enfatizó en que la prisión preventiva no debe ser una regla del proceso penal: "La prisión preventiva es la excepción y no la regla. (Sin embargo), la judicialización de la política (ha subvertido este orden)", aseveró.
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