Si eres ciudadano americano o residente permanente en EE.UU., tienes la posbilidad de patrocinar la Green Card de tu pariente. Revisa en esta nota el proceso que debes seguir.
Durante 2023, miles de ciudadanos americanos e inmigrantes con la Green Card patrocinaron la residencia permamente de sus familiares en USA.
El límite de visas patrocinadas por familias para el año fiscal 2022 fue de 226 mil, según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés), pero solo se utilizaron 168 917. Las visas restantes se trasladaron al año fiscal 2023, lo que ayudó a satisfacer la demanda de inmigración patrocinada por familias.
¿Cómo saber si eres elegible para patrocinar a tu familiar en EE.UU.?
Solo los ciudadanos estadounidenses y quienes tienen la residencia permanente pueden patrocinar a ciertos familiares para obtener la Green Card. Los familiares elegibles varían según tu estatus:
Ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar a cónyuges, hijos solteros menores de 21 años, hijos casados de cualquier edad, y padres y hermanos si el patrocinador tiene más de 21 años.
Residentes permanentes legales pueden patrocinar a cónyuges e ijos solteros de cualquier edad.
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¿Cómo patrocinar a tu familiar para que consiga la Green Card en USA?
- Una vez constates que eres elegible para patrocinar la residencia permamente de tu familiar, debes presentar al Uscis el Formulario I-130, el cual te permitirá demostrar que existe un vínculo familiar válido entre tú y el beneficiario. Junto con este formulario, debes enviar pruebas de la relación, como actas de nacimiento, matrimonio, u otros documentos de identidad relevantes.
- Una vez aprobada la petición I-130, tu familiar debe esperar la disponibilidad de una visa de inmigrante. Las visas están disponibles inmediatamente para familiares inmediatos (cónyuges, hijos menores y padres de ciudadanos americanos). Sin embargo, para otros familiares, la espera puede ser más larga, dependiendo de la categoría de preferencia familiar y la nacionalidad.
- Ajuste de estatus migratorio: Si tu familiar está dentro de EE.UU., puede solicitar un ajuste de estatus presentando el Formulario I-485 después de la aprobación del I-130, siempre que haya una visa disponible. En cambio, si tu familiar está fuera de USA, debe pasar por el Proceso Consular en una embajada o consulado americano, donde completará el proceso para obtener la visa de inmigrante y, al ingresar a EE.UU., se le otorgará la Green Card.
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