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Congreso aprueba norma que impide laborar en sector público a condenados por terrorismo y violación sexual

En el debate, el presidente de la Comisión de Fiscalización y Contraloría, Rolando Reátegui, dijo que es necesario que el Estado se proteja ante cualquier irregularidad que pueda cometerse.
En el debate, el presidente de la Comisión de Fiscalización y Contraloría, Rolando Reátegui, dijo que es necesario que el Estado se proteja ante cualquier irregularidad que pueda cometerse. | Fuente: Foto: Congreso de la República

Tampoco lo podrán hacer los condenados por trata de personas, corrupción, lavado de activos y tráfico de drogas.

El pleno del Congreso de la República aprobó por mayoría una norma que impide laborar en el sector público a sentenciados por delito de tráfico, apología del terrorismo, lavado de activos, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, trata de personas y delito de corrupción de funcionarios.

El dictamen sustitutorio del proyecto de ley fue aprobado, en primera votación, por 68 congresistas a favor, cuatro en contra y cero abstenciones. De acuerdo con las disposiciones reglamentarias, será sometido a segunda votación dentro de siete días reglamentarios.

El dispositivo señala que la rehabilitación, luego de cumplida una sentencia condenatoria, no habilita para trabajar en el sector público.

"En caso de que el trabajador se encuentre comprendido en algunos de los supuestos señalados y mantenga vínculo laboral con el Estado, bajo cualquier modalidad, deberá ser resuelto", indicó el Congreso a través de un comunicado.

Indica, además, que están exceptuados de lo previsto los beneficiarios de la Ley 26655, que "crea la comisión encargada de proponer al presidente de la República la concesión de indulto a personas condenadas por delito de terrorismo o traición a la patria".

El proyecto de ley aprobado alcanza a todas las entidades de la administración pública que tenga cualquier régimen laboral general o especial vigente para la contratación de personal.

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