El Ministerio de Economía se pronuncio sobre acuerdos en concejos municipales que buscaban aumentar la remuneración que reciben mensualmente.
Los alcaldes distritales y provinciales no pueden aprobar el aumento de sus sueldos en las sesiones de sus concejos, ya que esta disposición sólo se puede lograr a través de un Decreto Supremo emitido por el Poder Ejecutivo, aclaró esta mañana el Ministerio de Economía y Finanzas.
A través de un comunicado, el MEF detalló que para efectuar dicho aumento se tiene que seguir un proceso normativo, que exige los aspectos que se tienen que cumplir antes de decretarse, dado que se trata de dinero que saldrá del presupuesto público.
"No existe mecanismo distinto de aprobación de dicha compensación, prohibiéndose cualquier otra disposición en contrario", advirtió el MEF sobre el caso.
Servicio Civil
El Ministerio de Economía también indicó que las compensaciones económicas de los funcionarios que estén dentro del régimen de servicio civil serán reguladas cuando entre en vigencia el D.S. que los apruebe. hasta el momento, dicha norma no existe.
No son válidos
Sobre los aumentos que algunos burgomaestres efectuaron en sus primeros concejos municipales, el MEF indicó que estos son nulos, debido a que este decreto de sueldos de alcaldes no se ha expedido .
"Los aumentos efectuados a la fecha no son válidos. Como a la fecha no se ha emitido el referido decreto supremo, son nulos de pleno derecho, inejecutables en inexigibles los actos administrativos sobre los ingresos de personal emitidos en contravención de las normas vigentes, bajo responsabilidad del titular de la entidad del Sector Público que lo emite o intervenga", aclaró.
Comparte esta noticia