El Indecopi sancionó al BCP con 4 UIT (S/ 21,453) por permitir operaciones no reconocidas tras la pérdida de una tarjeta en un cajero. Asimismo, deberá devolver el dinero que se le sustrajo al usuario.
La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Arequipa confirmó, en segunda instancia, la sanción de 4 UIT (S/ 21,453) impuesta al Banco de Crédito del Perú (BCP), tras comprobarse que la entidad financiera no brindó un servicio idóneo al permitir la ejecución de seis operaciones no reconocidas en perjuicio de un usuario.
¿Qué sucedió con el BCP?
Según la investigación, entre el 28 y 30 de enero de 2024, se realizaron retiros y transferencias por S/ 12,000 y $ 400 desde la cuenta del denunciante.
Estas operaciones se produjeron luego de que, el 27 de enero cerca de las 19:00 horas, el usuario perdiera su tarjeta al quedar atascada en un cajero automático del BCP. El personal de vigilancia le aseguró que no ocurriría nada y que podía regresar después para recuperarla.
Sin embargo, la Comisión determinó que el banco no evaluó el comportamiento financiero habitual del cliente, ni la frecuencia ni el monto de las transacciones, y que no alertó ni tomó medidas de seguridad para impedir las operaciones sospechosas.
Esto representó una infracción al artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que exige a los proveedores garantizar un servicio idóneo y de calidad.
La decisión fue confirmada mediante la Resolución Final N.º 086-2025/Indecopi-AQP, emitida por la Comisión Regional de Arequipa.
"Cabe señalar que la primera instancia ordenó, como medida correctiva, que el BCP devuelva o extorne al afectado el monto total retirado y transferido de su cuenta; la devolución también incluye los gastos, comisiones u otros cargos que se hubieran aplicado", sostuvo la entidad.
Esta medida correctiva no fue apelada por el banco, por lo que quedó firme sin requerir pronunciamiento en segunda instancia.
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