Este mes corresponde el pago de la gratificación por Fiestas Patrias de los trabajadores en planilla, conoce aquí cómo calcular cuánto recibirás.
Llegó julio, el mes de la gratificación por Fiestas Patrias y el 15 vence el plazo para que las empresas depositen este beneficio laboral, según lo establecido por la Ley n.° 27735.
Pero, ¿sabes cuánto te corresponderá este año? El experto en finanzas de Pacífico Business School, Jorge Carrillo Acosta, te lo explica.
“Si un trabajador estuvo desde el 01/01/23 en la planilla de una empresa, la gratificación será el íntegro de 1 sueldo bruto y no estará sujeto a ningún descuento (AFP, Impuesto a la Renta, etc.). Adicionalmente, hay que recordar que también se recibirá una bonificación extra: el 9 % del sueldo si es afiliado de EsSalud y el 6.75 % si es de una EPS", explicó.
Gratificación = Sueldo bruto obtenido en los últimos 6 meses / 6 + 9% de EsSalud o 6.75% de EPS + Asignación familiar (En caso se perciba)
Ejemplo:
Sueldo Bruto = S/2,000 Sueldo Neto = S/1,740, y la gratificación + bonificación será de S/2,180, lo que significa un 25% más del ingreso neto.
Sueldo Bruto = S/3,000 Sueldo Neto = S/2,561, y la gratificación + bonificación será de S/3,270, lo que significa un 28% más del ingreso neto.
El docente advirtió que la misma fórmula se realiza para quienes hayan conseguido un aumento durante los últimos meses, o hayan trabajado al menos 1 mes durante dicho periodo.
Ten en cuenta que el monto de la gratificación es calculado en función a la remuneración que regularmente perciba el trabajador al 30 de junio.
Pero, si el trabajador ha percibido durante el semestre, es decir, entre enero y junio, otros pagos complementarios como bonos, horas extras u otros estos serán incluidos en el cálculo siempre y cuando hayan sido percibidos 3 o más veces en el periodo. Si es su caso entonces el promedio de esos pagos adicionales se suman a la remuneración y se dividen entre 6.
Igualmente si el empleado percibe una remuneración imprecisa o variable el monto se determinará en base al promedio de lo percibido entre los meses de enero a junio.
Y qué pasa con los trabajadores de las MYPES
- Los trabajadores de la pequeña empresa, reciben la mitad de este beneficio.
- Los trabajadores del sector público reciben un “aguinaldo” en vez de la gratificación, cuyo monto es de S/300 (lo determina el MEF).
- Los practicantes y jóvenes en formación laboral, reciben media subvención económica al cumplir 6 meses, lo cual no necesariamente se da en julio y diciembre.
- Los trabajadores de la microempresa, los independientes y los informales, no reciben gratificación.
Revisa nuestra calculadora
Si la fórmula se te hizo complicada, RPP te la hace más fácil, con nuestra calculadora, solo ingresa tus datos en el siguiente cuadro:
¿Qué es una gratificación y qué es un aguinaldo?
La gratificación no es el único ingreso extra que se pagará este mes, pues también se deberá abonar el aguinaldo que corresponde a un grupo distinto de trabajadores. A continuación te presentamos las diferencias:
En primer lugar gratificación es el beneficio social que se le otorga en julio y diciembre al trabajador del régimen laboral privado, acorde a la ley 27735. La 'grati' equivale a una remuneración completa, siempre y cuando el empleado haya laborado el semestre completo del 1 de enero de 2021 al 30 de junio de 2021, el monto será menor si el beneficiario laboró menor del tiempo mencionado.
Sumado a la remuneración sin descuentos, también se paga una bonificación extraordinaria correspondiente al 9 % de las aportaciones a EsSalud o el 6.75 % si esta afiliado a una Empresa Prestadora de Salud (EPS).
Por otro lado, el aguinaldo es un beneficio que perciben los trabajadores del sector público, también dos veces al año. Según lo establecido en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, la bonificación para este año será de S/ 300.
Video recomendado
Comparte esta noticia