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Gratificación 2021: ¿Quiénes deben recibir este pago mañana?

La gratificación es un beneficio laboral que se otorga a los trabajadores del régimen laboral privado.
La gratificación es un beneficio laboral que se otorga a los trabajadores del régimen laboral privado. | Fuente: Andina

Las empresas pagarán la gratificación de Navidad a sus trabajadores en esta quincena de diciembre, pero ¿sabes que debes cumplir para recibir este depósito?

Mañana miércoles 15 de diciembre vence el plazo para que las empresas privadas paguen la gratificación de Navidad 2021 a sus trabajadores.

La entrega de este beneficio laboral se da dos veces al año y es equivalente a la última remuneración básica del trabajador, sin descuentos, según lo establecido en la Ley N° 27735.

Pero, ¿cómo saber si me corresponderá recibir la gratificación de este mes?

¿Quiénes reciben la 'grati'?

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) precisa que este derecho laboral se entrega a los trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial.

Para recibir este dinero extra el trabajador deberá haber laborado al menos un mes completo en el semestre de julio a diciembre del 2021.

En el caso de los empleados de las pequeñas empresas, contratados después de que la empresa se inscribió en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), la ley indica que ellos percibirán medio sueldo de gratificación.

También tienen derecho a medio sueldo de gratificación, los trabajadores de la microempresa que hayan sido contratados antes de que la microempresa se inscriba en el Remype.

Asimismo, conforme a la Ley 31047, los trabajadores del hogar deben recibir una gratificación equivalente a un sueldo completo.

En el caso de los trabajadores comprendidos en el Régimen Laboral Agrario, ellos recibirán 'grati' si comunicaron a su empleador que deseaban recibir este dinero de manera semestral. Sino lo hicieron entonces ya están recibiendo su gratificación dentro de su remuneración diaria.

¿Cuánto me deben pagar?

El monto que se entrega, en caso el empleado haya laborado por los últimos 6 meses completos, es equivalente a la remuneración del trabajador sin descuentos. Este debe ser el último salario reportado hasta el cierre del calculo.

"Este es un beneficio social que no tiene en cuenta los pagos historicos, sino la remuneración vigente al 30 de noviembre. Si esta remuneración subió al 30 de noviembre o incluso se redujo, la que se va a tener en cuenta es la vigente", comentó la laboralista Alicia Jiménez del estudio PPU a RPP Noticias.

La 'grati' que te deben depositar también tiene en cuenta el pago de la asignación familiar y una bonificación que es igual al porcentaje de tu aporte a EsSalud (9%) o a una EPS (6.75%).

Pero, la asignación familiar solo se entrega a quienes tengan hijos menores de edad o que cursen estudios superiores.

Entonces: La gratificación es igual a tu salario bruto más la asignación familiar y más una bonificación que es igual al porcentaje de tu aporte a EsSalud (9%) o a una EPS (6.75%).

Por ejemplo: Si ganas S/1,000, no te corresponde asignación familiar y estás afiliado a EsSalud entonces el calculo sería de: S/1,000 + 9% de tu sueldo (S/90) = S/1,090.

En el caso de los trabajadores con remuneraciones imprecisas o variables, como aquellos que incluyen comisiones, las gratificaciones se calcularán sobre la base del promedio del total de ingresos percibidos por el trabajador en el semestre respectivo.

Cabe indicar que los trabajadores de las pequeñas empresas percibirán medio sueldo de gratificación por lo que el calculo para ellos es distinto.

Ten en cuenta que las gratificaciones no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna, excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador, según el Manual de preguntas frecuentes laborales del MTPE.

En el caso de la demanda de alimentos se podrá proceder hasta el 60% del total de los ingresos. Dado que tienen naturaleza remunerativa, las retenciones judiciales procederán en la medida en que se respeten los topes legales

¿Hay diferencia en el pago si trabajo en la modalidad remota?

La laboralista del estudio Payet, Cristina Oviedo, precisa que el pago de la gratificación legal no depende de si el trabajador presta servicios de forma remota o presencial.

"El pago de la gratificación legal de los trabajadores que laboran en trabajo remoto es la misma para los que laboran de forma presencial, siempre y cuando se encuentren laborando efectivamente durante la quincena de diciembre y tengan como mínimo 1 mes de servicios para su empleador", indicó.

Para tener derecho a la gratificación legal por Navidad, el trabajador debe encontrarse laborando efectivamente durante la quincena de diciembre o estar en descanso vacacional, licencia con goce de remuneraciones, licencia que origine el pago de subsidios, descanso por accidente de trabajo que esté remunerado o pagado con subsidios de la seguridad social.

¿Qué puede hacer el trabajador si no le pagan la 'grati'?

Si el empleado firma su boleta de pago y esta incluye el abono de la gratificación, pero no se hace efectivo este concepto, podrá denunciar el caso. La experta en derecho laboral señala que el trabajador tiene dos alternativas:

  • Denunciar a la SUNAFIL la falta de pago de la gratificación legal o el pago incompleto del beneficio, así como los intereses legales generados.
  • Demandar en el Poder Judicial el reintegro de la gratificación legal y sus intereses. El plazo de prescripción es de cuatro años computados desde el cese del trabajador.

Asimismo, estas empresas pueden ser sancionadas con multas diferenciadas que van desde los S/ 484 hasta los S/ 114,928. En la microempresa la multa mínima es S/ 484 y la máxima S/ 1,980, y en la pequeña empresa la multa mínima es S/ 1,980 y la máxima S/ 19,800.

Mientras que para la mediana y gran empresa la multa mínima es S/ 6,908 y la máxima de S/114,928.

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