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Empresarios se oponen a la derogación de la Ley 31914 que regula clausuras municipales: ¿Por qué?

Gremios empresariales se pronuncian ante propuestas para derogar la Ley N° 31914
Gremios empresariales se pronuncian ante propuestas para derogar la Ley N° 31914 | Fuente: Andina

Esta medida sería crucial para regular las causales de clausura de locales comerciales, por lo que empresarios peruanos expresan su preocupación por los Proyectos de Ley N° 10369/2024-CR, 10329/2024-CR y 10321/2024-CR, que buscan derogar la Ley N° 31914.

Asociaciones y cámaras empresariales del Perú han manifestado su preocupación ante los Proyectos de Ley N° 10369/2024-CR, 10329/2024-CR y 10321/2024-CR, que buscan derogar la Ley N° 31914.

RPP conversó con Carlos Tarazona, presidente de la Cámara Ferretera del Perú, quien explicó que esta ley, regula las causales de clausura de locales comerciales, por lo que es fundamental para evitar casos de abuso de algunos municipios y brindar un marco legal claro para el sector.

En una carta dirigida a la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado del Congreso de la República, más de 20 gremios empresariales expresaron su rechazo a estas iniciativas legislativas.

¿Qué establece la Ley N° 31914?

La eliminación de esta norma busca revertir las modificaciones realizadas a la Ley 28976, que establece los criterios para la clausura de establecimientos comerciales. La Ley 31914 define las condiciones para el cierre temporal o definitivo de negocios, diferenciando entre clausura preventiva, temporal y definitiva.

Asimismo, especifica que las municipalidades solo pueden ordenar el cierre de locales en casos de riesgo inminente o infracciones graves, evitando clausuras por faltas administrativas menores. También regula el proceso para levantar clausuras y prohíbe condicionar la reapertura de negocios al pago de multas.

Un aspecto clave de la Ley 31914 se encuentra en el numeral 6 del artículo 21, que regula la clausura temporal y establece un plazo máximo de 48 horas para su levantamiento.

Según esta disposición, si un establecimiento es clausurado preventivamente por representar un posible peligro inminente, y la municipalidad no emite una observación fundamentada dentro de las 48 horas siguientes a la subsanación de la falta, la clausura se revoca automáticamente.

¿Por qué preocupa la derogación de la ley?

Los empresarios argumentan que derogar la Ley N° 31914 implicaría un retroceso que frenaría la inversión privada y la generación de empleo. Señalan que la ley ha generado un clima de tranquilidad y predictibilidad en los negocios, disminuyendo el accionar arbitrario de algunos inspectores y autoridades municipales.

"Al derogar esta ley, estamos nuevamente regresando a la anterior, que es poner en la decisión de un inspector la posibilidad de clausurar un establecimiento sin contar con el punto de vista de la corporación municipal", explicó Carlos Tarazona.

Además, enfatizó que la ley no limita la facultad fiscalizadora de los municipios, ya que estas fiscalizaciones se han seguido realizando sin impedimento alguno.

¿Quiénes se oponen a la derogación?

La carta a la Comisión de Descentralización está firmada por asociaciones y cámaras empresariales que representan a diversos sectores de la economía peruana:

  • Asociación Peruana de Empresarios de la Panadería y Pastelería (ASPAN)
  • Asociación de Bodegueros del Perú (ABP)
  • Asociación de Contribuyentes del Perú
  • Asociación de Emprendedores del Perú (ASEP)
  • Asociación Peruana de Empresarios de la Belleza (APEB)
  • Asociación Nacional de Cadenas de Boticas (ANACAB)
  • Asociación de Clínicas Particulares del Perú (ACP)
  • Asociación de Propietarios de Restaurantes y Afines (APRORES)
  • Asociación Gastronómica Nikkei (AGN)
  • Cámara Ferretera del Perú
  • Sociedad Nacional de Mypes (SNM)
  • Asociación Empresarial Gamarra Perú
  • Entretenedor
  • Pyme Perú
  • Unión de Gremios de Restaurantes del Perú
  • Asociación de Centros Comerciales y de Entretenimiento del Perú (ACCEP)
  • Cámara Nacional de Turismo del Perú (CANATUR)
  • Cámara de Comercio Americana del Perú (AmCham Perú)
  • Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP)
  • Asociación Peruana de Hoteles, Restaurantes y Afines (AHORA PERÚ)
  • Cámara de Comercio de Lima (CCL)
  • Sociedad Nacional de Industrias (SNI)
  • Sociedad de Comercio Exterior del Perú (ComexPerú)

Los gremios empresariales esperan que la Comisión de Descentralización del Congreso de la República desestime los proyectos de ley y disponga su archivo. La decisión final está ahora en manos de los legisladores.

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Fiorella Hokama

Fiorella Hokama Periodista de Economía

Periodista con experiencia en medios digitales y diplomado en Comunicación y Realidad Nacional por la Universidad ESAN. Tengo un gran interés en temas inmobiliarios, comercio, negocios, entre otros.

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